Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 28 de Octubre de 2019, expediente CCC 069511/2017/TO01

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 69511/2017/TO1 Buenos Aires, 28 de octubre de 2019.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la causa N° 69511/2017, registro interno n° 5331 de este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°

24, con intervención unipersonal de la jueza M.C.M. seguida a CHRISTIAN EDUARDO YAPURA, argentino, nacido el 3 de septiembre de 1984 en Capital Federal, hijo de A.Á.Y. y de M.G.V., soltero, vendedor ambulante, alfabetizado, titular del D.N.

  1. N° 31.165.098, con domicilio real José

León Suarez 4789, P.B. 2, L.C..

Intervienen en el proceso la Sra. Fiscal A.H.D.C. y la Defensora Oficial Norma Bouyssou.

Y CONSIDERANDO:

PRIMERO

Conforme el requerimiento de elevación a juicio que obra a fs.

196/199 se atribuye al imputado el hecho ocurrido el día 15 de noviembre de 2017, en horas de la mañana, en el interior del domicilio ubicado en la avenida Belgrano 3231, piso 2°, depto. “A”, de esta Ciudad, ocasión en que habría abusado sexualmente de la menor A., de 15 años de edad, tocándole sus partes íntimas por sobre sus ropas, mientras convivían en el domicilio de mención junto con la madre de la menor.

Concretamente, el día 15 de noviembre de 2017, en horas de la mañana, la menor se encontraba durmiendo en su habitación, hasta que Y. se le acercó e intentó acostarse con ella, pidiéndole concretamente que le hiciera lugar en la cama, y ante su negativa, empezó a tocarla por sobre sus ropas.

Ante ello, la menor opuso resistencia ante lo cual Y. le aplicó un golpe, dejando a la menor llorando y diciéndole que su madre no le iba a creer.

Fecha de firma: 28/10/2019 Alta en sistema: 31/10/2019 Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #33222030#248075829#20191028113450372 Luego de ello, la menor le mandó un mensaje a un amigo de la familia de nombre T.P.R., conocido como “P., al que le pidió que fuera a su casa dado que no se sentía bien, por lo que R. se acercó al lugar y al tomar contacto con A., quien notó que la nombrada se encontraba llorando y luego le relató lo ocurrido con Y..

El hecho fue calificado por el Sr. Fiscal de instrucción como constitutivo del delito de abuso sexual, agravado en función de la relación de convivencia con la víctima menor de 18 años de edad (art.

119 primer párrafo y cuarto párrafo inc. f) del C.P.) debiendo responder Y. como autor.

SEGUNDO

Conforme surge del acta obrante a fs. 211/212 el Sr. A.F., Dr. N.T. junto al imputado y su defensa, arribaron a un acuerdo en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, para poner fin a la causa por esa vía señalando que Y. admitió tanto la existencia del hecho atribuido como su participación en el mismo, tal como fuera descripto en el requerimiento de elevación a juicio antes citado y solicitó en consecuencia que se lo condene a la pena de tres años de prisión, cuyo cumplimiento podía dejarse en suspenso y costas. Además se solicitó que se establezcan durante el término de la pena las siguientes reglas: a) fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal; b) realizar tratamiento psicológico y/o psiquiátrico a fin de superar posibles trastornos de su personalidad de acuerdo a la naturaleza del injusto que se le reprocha previo examen del Cuerpo Médico Forense que acredite su necesidad y eficacia y c)

deberá cursar el taller “Simetrías y Asimetrías en las Relaciones Sociales” dictado por la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto de Y. Fecha de firma: 28/10/2019 Alta en sistema: 31/10/2019 Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #33222030#248075829#20191028113450372 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 69511/2017/TO1 respecto del domicilio y lugares habituales de concurrencia de A.

y se abstenga de realizar cualquier tipo de acto contrario a la ley.

TERCERO

Las constancias obrantes en la causa, valoradas de acuerdo con las reglas de la sana crítica racional (arts. 241, 253, 263 y 398 segundo párrafo, del C.P.P.N.), permiten tener por cierto que el encausado es autor del hecho imputado conforme la descripción sostenida en el primer considerando de la sentencia, que corresponde al requerimiento de elevación que formulara el fiscal de instrucción.

En este sentido se cuenta con las siguientes evidencias:

A) La declaración de J.M. (fs. 107/108), quien se hizo presente en la comisaría, junto con la menor A., indicando que la niña es su vecina y que la había dicho que ese día, cerca de las 09:20 hs. cuando se encontraba en el interior de su domicilio junto con la pareja de su madre, C.E.Y., éste se abalanzó

sobre ella y la tocó por sobre sus ropas, cuando su madre se había ausentado del domicilio.

Explicó que ese día, cuando se encontraba descansando en su departamento tocó el timbre la menor A. con un conocido de nombre P., y en esas circunstancias la niña le contó que ese día se encontraba durmiendo cuando se acercó el imputado y le pidió que le hiciera un lugar en la cama, y ante su negativa, comenzó a tocarla y ante la resistencia de la joven, el nombrado le propinó un golpe en la cara, lo que provocó el llanto de la menor.

B) En sintonía con lo expuesto a fs. 142/143 obra la declaración testimonial de T.P.R., quien dio cuenta que el día del hecho recibió un mensaje por parte de la menor A.

diciéndole que se sentía mal y si podía ir a su casa, por lo que se dirigió al domicilio de la menor, siendo recibido por ella, quien le manifestó que la pareja de su madre, C.E.Y., había intentado abusar de ella. Dio cuenta del relato que le realizó la menor Fecha de firma: 28/10/2019 Alta en sistema: 31/10/2019 Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #33222030#248075829#20191028113450372 en similares términos que la anterior, indicando que le contó que cuando se hallaba durmiendo en su habitación, Y. se metió en su cama y comenzó a manosearla, y que ella lo sacó, recriminándole que iba a contarle a su madre, contestándole el imputado que no le iba a creer porque era una mentirosa. F. a ello, llevó a la niña a la planta baja del edificio para esperar que su madre regresara de llevar a su otro hijo a la escuela, y al llegar ésta le indicó que fuera a la casa de una vecina y que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR