Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 11 de Junio de 2019, expediente FCR 007334/2016/TO01

Fecha de Resolución11 de Junio de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 7334/2016/TO1 C. Rivadavia, Chubut, 11 junio de 2019.-

Y VISTO:

Que se constituye el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de C. Rivadavia presidido por la Dra. N.M.T.C. de MONELLA, actuando en Juicio Unipersonal, con la asistencia de la Secretaria Dra. M.A.G. para dictar sentencia en la causa Nº FCR 7334/2016/TO1 y sus acumuladas Nº FCR 16335/2015/TO1 y FCR 18022/2015/TO1 (originarias del Juzgado Federal de C. Rivadavia) que por presuntas infracciones a la Ley 23.737, se le sigue a L.G.B., alias “N., DNI Nº 38.772.069, argentino, soltero, albañil, alfabeto, nacido el 11 de mayo de 1994 en la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, hijo de M.Á.B. y de G.N.G., con último domicilio en calle A.P.N.1.B. La Uocra de la ciudad de S., Provincia del Chubut; quien es asistido por el Defensor Público Oficial el Dr. S.M.O., y en la que actúa como F. General el Dr. T.W.N..-

Y RESULTANDO:

I. Que la causa Nº FCR 16335/2015/TO1 se inició con el Preventivo Judicial Nº 78/15 de la División Drogas Peligrosas que refiere que el 31 de octubre de 2015 a las 10:50 horas, en circunstancias de realizarse un operativo de control vehicular en las calles R.M. y Escalada de esta ciudad, se habría detectado en el vehículo Chevrolet Corsa dominio EWF-558, en el que circulaban varias personas, que su conductor identificado como L.G.B. llevaba colgada en su hombro una riñonera con 7 envoltorios con marihuana y que había, en ese sector del rodado, una caja que contenía un trozo con la misma sustancia, entre otros elementos (fs.1/11, 35/38).-

Consta que a fs. 80/82 L.G.B. prestó declaración indagatoria ante la Jueza Federal Dra. E.P. de S.; que a fs. 84/87vta. se lo procesó por considerarlo prima facie autor responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes (art.14 primer párrafo de la ley 23737); que a fs. 111 la Cámara Federal de Apelaciones de C. Rivadavia confirmó por sus fundamentos dicho pronunciameinto; que a fs. 115/116vta el Ministerio Público F. requirió la elevación a juicio en orden al delito mencionado; y que a fs.118 mediante decreto judicial se dispuso la clausura de la instrucción y la elevación del expediente a juicio.-

Que la causa Nº FCR 18022/2015/TO1 se inició con las actuaciones prevencionales, labradas por la Policía de la Provincia del Chubut, que dan cuenta que el 15 de noviembre del 2015 en el marco de una investigación por presuntas lesiones en la ciudad de S., se hizo un procedimento en la vía pública para identificar a quienes se conducían en un Ford Falcon, circunstancia en que uno de ellos se dio a la fuga y al aprehendérselo se descubrió que se había descartado de una bolsa con estupefacientes, entre otros objetos (fs.1/3, y fs. 13/15).-

Consta que a fs. 67/68 L.G.B. se abstuvo de prestar Fecha de firma: 11/06/2019 Firmado por: N.C. DE MONELLA, JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.G., SECRETARIA #30653729#236908551#20190611100853941 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 7334/2016/TO1 declaración indagatoria ante la Jueza Federal Subrogante Dra. H.C. de H.; que a fs. 73/75 se lo procesó como autor responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14 párr.1º de la Ley 23.737); pronunciamiento que a fs.

86/vta la Cámara Federal de Apelaciones de esta ciudad confirmó; que a fs. 92/93 el Ministerio Público F. requirió la elevación a juicio en orden al delito de tenencia simple de estupefacientes, y que a fs. 97 se dictó el consecuente decreto judicial elevándose las actuaciones.-

Que la causa Nº FCR 7334/2016/TO1 se inició con el Preventivo N° 94/16-

JUD. de la División Drogas Peligrosas y Leyes Especiales de la Policía de la Provincia del Chubut que da cuenta que el 30 de mayo del 2016, en oportunidad de realizarse un registro domiciliario ordenado por el Juez Penal de S. Dr. C.P., sobre la vivienda de calle M.Z. Nº 373 de la ciudad de S. donde residía L.G.B., se secuestró sustancia estupefaciente (fs. 1/14, fs. 25/27).-

Que a fs. 21/22vta. L.G.B. se abstuvo de prestar declaración indagatoria ante la Jueza Instructora; que a fs. 75/79 se dictó su procesamiento como autor del delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14 primera parte de la ley 23.737); que a fs. 86/vta. el Ministerio Público F. requirió la elevación a juicio en orden al delito citado y a fs. 91 se dictó la resolución judicial consecuente.-

Que por Sentencia Interlocutoria de fecha 6/08/2018 el Tribunal resolvió la acumulación de los Exptes. Nº FCR 16335/2015/TO1 y Nº FCR 18022/2015/TO1 al Expte Nº FCR 7334/2016/TO1 (fs.155/vta).-

II. En la Audiencia de Debate y Juicio fueron incorporados los elementos convictivos que da cuenta el acta respectiva, según las prescripciones legales que en cada caso se citan.-

II.A. Indagatoria:

L.G.B., invitado a prestar declaración indagatoria ante el Tribunal, expresó respecto al allanamiento en su casa –Causa FCR 7334/2016/T01-, que había comprado la sustancia a medias con otra persona, y ésta no la podía tener, que en esa época fumaba mucho, y que no recordaba cuánto pagó por ella; del segundo hecho ocurrido en C. Rivadavia –Causa FCR 16335/2015/T01- dijo que vinieron a comprar la droga desde S., que el contacto lo tenía M., que la cajita con marihuana era de éste y la que estaba en la riñonera era suya, que al finalizar la compra se cambiaron de lugar, y que en primera instancia no lo quiso involucrar a M.; en cuanto al tercer hecho –Causa FCR 18022/2015/T01- manifestó que quedó absuelto por la Justicia Provincial, que supuestamente porque salió corriendo dicen que las cosas las tiró él pero fue el que iba manejando quien tiró todo, dijo que primero lo revisaron, que iban los tres en el F. y cuando vieron al patrullero fueron descartando las cosas, un arma blanca, un revolver y el paquete de marihuana, que paró el auto y los revisaron a todos, y él salió corriendo, lo agarraron y se lo pusieron todo a él porque estaba al lado. Agregó que toda la droga que tenía era para consumo y para convidar, que lo armaba como papelito y fumaba 10 /12 cigarrillos Fecha de firma: 11/06/2019 Firmado por: N.C. DE MONELLA, JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.G., SECRETARIA #30653729#236908551#20190611100853941 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 7334/2016/TO1 por día. No aceptó preguntas del F.. Manifestó que tiene dos chicos que viven con la madre en Trelew, que cobra por quincena y les pasa dinero, que ahora consume menos, que fumaba marihuana desde los 15 o 16 años, que no consumió cocaína ni pastillas, y no tuvo tratamiento, que siempre tenía problemas porque no era de S..-

II.B. Expediente Nº FCR 16335/2015/TO1:

II.B.1. Prueba documental II.B.1.a. Preventivo Judicial Nº 78/15 de la Policía de la Provincia del Chubut mediante el cual se puso en conocimiento de la Sra. Jueza Federal de esta ciudad el inicio de las actuaciones por presunta infracción a la ley 23.737 (fs.1).-

II.B.1.b. Acta de intervención policial de fecha 31/10/2015 en la cual el Oficial Villibar dejó constancia que en la jurisdicción de la Comisaria Seccional Segunda, siendo las 10:50 horas se comunicó el Cabo 1° C.C. solicitando la presencia del actuario de modo urgente en las calles R.M. y Escalada, por lo que se constituyó

en compañía del Suboficial Principal C. en el lugar, donde divisó el móvil R.

I. Nº

834, a cargo del mencionado C. y de la Agente S.M.S., y el R.

I. Nº 835 y los Cabos 1° C.Q. y F.H. que estaban identificando a un vehículo Chevrolet Corsa, dominio EWF-558, gris, con vidrios polarizados, que el C.C. le refirió que hacían 5 minutos en circunstancias en que se encontraban de patrullaje sobre la jurisdicción, efectuando un control sobre vehículos e identificación de personas en tránsito, divisaron por calle R.M. al Chevrolet Corsa, gris, vidrios polarizados, y le solicitaron detener la marcha con la finalidad de identificarlos, que haciendo caso omiso a dicha directiva continuaron su marcha, dándose a la fuga, pero antes de arribar a la calle Escalada ubicó el móvil policial delante para que detenga la marcha. Allí les solicitó que descendieran, haciendo caso omiso continuaron en el interior lográndose observar cuatro ocupantes, que por ello se solicitó en forma radial colaboración policial, arribando el móvil R.

I. Nº 835 con los Cabos Herrera y Q., momento en el que descendieron las cuatro personas, identificándolos como R.H.M., A.D.B., G.A.D. con un bebé y L.G.B., éste último era el conductor del vehículo, tenía una riñonera negra en el cuerpo, marca “La Renga”, que la puerta del conductor se encontraba abierta y a simple vista lograron divisar en el interior una caja de madera sobre el piso del lado del conductor y observaron presuntas sustancias no permitidas, por tal motivo es que inmediatamente procedió a la comunicación solicitando su presencia; que siendo interiorizado de la situación, observó la puerta abierta y logro divisar lo referido por el empleado policial tratándose de una presunta sustancia tóxica, por tal motivo inmediatamente dio aviso a Drogas Peligrosas y Leyes Especiales, cuyo personal arribó a los pocos minutos, que se convocaron testigos y se procedió a la inspección del vehículo, comenzando por el lado del conductor, constatando una caja de madera volcada sobre el piso del lado del conductor, que contenía sustancia pardo verdusca compactada, en la cajuela central delante de la palanca de cambios un celular blanco, en el habitáculo delantero del lado derecho, un celular negro, al abrir la gaveta del lado del acompañante se Fecha de firma: 11/06/2019 Firmado por: N.C. DE MONELLA, JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.G., SECRETARIA #30653729#236908551#20190611100853941 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 7334/2016/TO1 observó en su interior gran cantidad de dinero esparcido, 25 billetes de $100, uno...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR