Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 14 de Mayo de 2019, expediente FGR 052000987/2010/TO01

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 52000987/2010/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: HERRERA, P.D. Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

General Roca, 14 de mayo de 2019.-

AUTOS y VISTOS:

El presente legajo caratulado “HERRERA, P.D. y otro s/ infracción ley 23.737” - (expte. nro. FGR 52000987/2010/TO1), puestos a despacho para resolver, y; CONSIDERANDO:

  1. Que contra la resolución interlocutoria obrante a fs. 1170/1171, mediante la cual este Tribunal dispuso la inmediata detención de los condenados en autos, el doctor BEACON dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio.

    Fundó su pretensión en que “(…) la providencia atacada, de fecha 8 de mayo de 2019, omite considerar el pedido de mantenimiento de la libertad ambulatoria de mis defendidos, solicitada el mismo 8 de mayo, de manera previa a la publicación de la resolución que se impugna (…)”, remitiéndose a la presentación tratada en el marco del incidente de exención de prisión nro. FGR 52000987/2010/TO1/15.

    Por otra parte, detalló que la detención dispuesta sobre sus asistidos no sería válida, toda vez que, a su criterio, la sentencia obrante a fs. 877/900 no se encuentra firme en virtud de hallarse pendiente de tratamiento la vía recursiva de Queja por parte del Alto Tribunal de la Nación.

  2. Puesta la cuestión a resolver, cabe destacar que el pedido central de la presentación de referencia ya fue resuelto en el marco del incidente de exención de prisión que corre por cuerda nro. FGR 52000987/2010/TO1/15, al que nos remitimos en honor a la brevedad. Asimismo, se advierte que el recurso de reposición con apelación en subsidio no es el remedio procedente ante la resolución que se pretende impugnar.

    Sin perjuicio de ello y para salvaguardar los derechos constitucionales de defensa de los condenados, de Fecha de firma: 14/05/2019 Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.W.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.M.P., SECRETARIO DE CAMARA #19766954#234195655#20190514175705957 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 52000987/2010/TO1 la lectura de la presentación de referencia se advierta que la misma podría encuadrarse dentro de un “recurso de casación”, razón por lo cual se dará tratamiento en tal sentido.

    En tal sentido, atañe a este Cuerpo en su carácter de Tribunal a quo del recurso deducido, examinar la concurrencia de los recaudos de procedencia formal que son, además de los...

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