Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 30 de Mayo de 2019, expediente CFP 003215/2015/TO01/CFC007

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 3215/2015/TO1/CFC7 REGISTRO NRO. 1063/19.4 Buenos Aires, 30 de mayo de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP 3215/2015/TO1/CFC7, acerca de la solicitud efectuada a fs. 4106/4108 por el doctor G.D.S., abogado defensor de Á.R.T..

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en autos se verifica un supuesto que encuadra en lo establecido en el art. 30 bis, 2º

    párrafo, inc. 1º del C.P.P.N. -conforme ley 27.384-, habida cuenta que viene a estudio del tribunal el conflicto negativo de competencia entre el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.. 1 y el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.. 4, ambos de la ciudad de Buenos Aires (cfr. fs. 4048/4051, fs. 4062/4067 y fs.

    4096/4101).

  2. Que el mismo día en que se recibió el expediente en esta S.I., la defensa de Á.R.T. presentó un escrito -en el marco del legajo 11- solicitando, en lo que aquí interesa, que el decisorio relativo al tribunal que debe intervenir en la presente causa se adopte en forma colegiada.

    Para sustentar su petición, la defensa hizo alusión a las garantías constitucionales de debido proceso y derecho de defensa en juicio.

    Recordó que, ante esta S., se encuentran en trámite los recursos de casación deducidos contra el rechazo de la excepción de falta de acción por doble juzgamiento, el rechazo del planteo de nulidad, la confirmación del auto de procesamiento y la fijación del embargo. En esa línea, sostuvo que “el decisorio en punto a la definición del conflicto de competencia relacionado al TOF que en todo caso tendría que intervenir en el juzgamiento de los hechos de autos se supedite al previo tratamiento efectivo de los Fecha de firma: 30/05/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado(ante mi) por: M.J. GUARDO, PROSECRETARIA DE CAMARA #33334160#235596121#20190530152619103 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 3215/2015/TO1/CFC7 recursos de casación en trámite por ante esa S. y que, por su íntima relación con ellos, dicho decisorio sea siempre adoptado de forma colegiada, tal como viene decidiendo la S. en incidentes ya sustanciados en torno a planteos de recusación en esta misma causa.” (cfr. fs. 4107).

  3. Que, a fs. 4109, el señor juez...

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