Sentencia de TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 9 de Agosto de 2019, expediente CCC 050274/2017/TO01

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 50274/2017/TO1 T.O.M. N° 1 - CAUSA N.. 9483 Buenos Aires, 9 de agosto de 2019.-

Y VISTOS:

Estos actuados que llevan el N.. 9483 (registro informático N.. 50.274/2017) del registro del Tribunal Oral de Menores N° 1 de la Capital Federal, integrado, conforme lo dispuesto en el artículo 28 del C.P.P.N. según ley 27.308, por la señora Juez de Cámara, doctora M.R.C., conjuntamente con el Sr.

Secretario, doctor M.S., seguidos contra E.A.LL.: (...).

Intervienen en el proceso la señora F. General, doctora P.Q.C., la señora Defensora Pública Oficial, doctora N.A. y la señora Defensora Pública de Menores e Incapaces, Dra.

S.C..

Y CONSIDERANDO:

I) Por sentencia firme de fecha 5 de diciembre de 2018, se declaró a E.A.LL., coautor penalmente responsable del delito de robo, agravado por su comisión en lugar poblado y en banda (arts. 45 y 167 inciso 2° del Código Penal y de la ley 22.278), habiendo solicitado el Sr. A.F., en la oportunidad prevista en el art. 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, la imposición al nombrado de la pena de tres años de prisión y costas, supeditada al resultado del tratamiento tutelar (ver fs. 144 y 148/150).

II) Que en el día de la fecha, las partes, realizaron una presentación en conjunto, en la cual solicitaron la absolución del nombrado en los términos del art. 4º de la ley 22.278, teniendo en cuenta que el joven ha reconocido su responsabilidad penal en el ilícito investigado en autos, el cual no resulta ser un hecho con violencia en las personas y las constancias que surgen del expediente tutelar respectivo que constituyen una clara muestra de su esfuerzo por asumir una función constructiva en la sociedad (cfr. fs. 161).

Fecha de firma: 09/08/2019 Firmado por: M.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.S., SECRETARIO #32141631#241162300#20190809123217882 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 50274/2017/TO1

III) Así las cosas, la presente causa se encuentra en condiciones de recibir pronunciamiento definitivo, pues se han cumplido los requisitos establecidos por el artículo 4° de la ley 22.278, para resolver la situación del joven encausado.

Corresponde entonces examinar si la propuesta efectuada por las partes relacionada con el pedido de absolución de un menor en los términos del art. 4° de la ley 22.278, es procedente en el caso particular, en razón que considero que no...

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