Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 - SECRETARIA, 23 de Agosto de 2019, expediente FSM 075001753/2012/TO01
Fecha de Resolución | 23 de Agosto de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 - SECRETARIA |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 FSM 75001753/2012/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 IMPUTADO: BENO, S.A. Y OTRO
s/RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PUBLICO y ABANDONO DE
PERSONAS QUERELLANTE: ALVAREZ DE ARREDONDO, S. vos, de agosto de 2019.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver unipersonalmente –arts. 9 inc. “b” de la
ley 27.307– en la presente causa FSM 75001753/2012/TO1
caratulada “BENO, S.A. y otra s/RESISTENCIA O
DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PÚBLICO” del registro
de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín,
respecto de la solicitud de suspensión del proceso a prueba
efectuada por S.A.B. (argentino, DNI
17.801.069, nacido el 28/10/1965, hijo de S. y Noemí
Mizraghi, estado civil casado, profesión médico, con domicilio en
Aráoz N° 191 piso 7° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
asistido por el particular letrado, Dr. G.G., y
M.A. GRANDE (argentina, DNI 11.320.769,
nacida el 16/7/1954, hija de E. y M.L.G.,
médica jubilada, estado civil casada, con domicilio en la calle Tres
Fecha de firma: 23/08/2019 Firmado por: W.A.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.C.C., SECRETARIO DE CÁMARA #28221765#242223889#20190823132920269 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 de Febrero 1880 piso 10º de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires), asistida por el Dr. E.M.B.M..
Como parte querellante, actúa el Dr. M.R.,
Defensor Público Coadyuvante del Programa de Asistencia y
Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos, en representación de la
Sra. S.G.Á. de A., madre de la víctima de
autos.
Y CONSIDERANDO:
-
La presente causa llega a esta instancia en virtud de
los requerimientos de elevación a juicio formulados por el
representante del Ministerio Público F. (fs. 1389/1400) y por la
querella (fs.1371/1388), mediante los cuales se imputó a los
encartados:
…haber puesto en peligro la vida y/o salud de la
menor M.T.A., quien resulta
incapaz de valerse y a la que debían cuidar por sus
posiciones de garantes, el primero de ellos como médico
auditor y la segunda como subgerente de auditoría
médica de O.S.E.C.A.C., ambos desde el 16 de junio de
Fecha de firma: 23/08/2019 Firmado por: W.A.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.C.C., SECRETARIO DE CÁMARA #28221765#242223889#20190823132920269 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 2010, hasta al menos el 7 de junio de 2012 B. y hasta
el 25 de junio del mismo año Grande.
Ello al desobedecer lo dispuesto por el a quo en
la primera fecha sindicada en cuanto a que la obra
social […] debía asumir los costos y gastos totales que
demandase la internación domiciliaria de la menor …
Es así que se inician las actuaciones a raíz de la
extracción de testimonios dispuesta por el Juez Federal
de Campana, el pasado 27 de abril de 2012 en el marco
del expediente N° 5093, caratulado ‘Á. de
A., S.G. –en representación de su
hija menor M.T.A.– C/OSECAC
S/Amparo
, del registro de la Secretaría Civil ad hoc N°
3 del Juzgado Federal del Circuito.
Ello, con el objeto de investigar la posible
comisión de los delitos de desobediencia y abandono de
persona, previstos en los arts. 239 y 106 del Código
Penal, en los que habría incurrido la parte demandada
en la causa civil –OSECAC– al incumplir la orden
Fecha de firma: 23/08/2019 Firmado por: W.A.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.C.C., SECRETARIO DE CÁMARA #28221765#242223889#20190823132920269 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 judicial de fecha 16 de julio de 2010 que fuera dictada
por el a quo, en la cual ordenaba lo señalado…
.
Así las cosas, desde el dictado de la medida
cautelar, fueron sistemáticamente denunciados
permanentes incumplimientos por parte de la obra social
respecto de la manda judicial en relación a la provisión
de medicamentos e insumos conforme prestación médica,
así como costos y gastos totales que demanda la
internación domiciliaria de la menor.
(fs. 1390/1390
vta.).
Tales sucesos fueron calificados provisionalmente
como constitutivos del delito de abandono de persona en concurso
ideal con el delito de desobediencia (arts. 106 y 239 CP).
II. El día 10 de julio del corriente año, la defensa de
la Sra. Grande solicitó por escrito la suspensión del proceso a
prueba, de conformidad con lo normado en el artículo 76 bis del
Código Penal. Allí, esgrimió que las circunstancias del caso
permitirían dejar en suspenso el cumplimiento de la condena y, en
consecuencia, afirmó que resultaba viable la procedencia de dicho
instituto (cf. fs. 1736).
Fecha de firma: 23/08/2019 Firmado por: W.A.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.C.C., SECRETARIO DE CÁMARA #28221765#242223889#20190823132920269 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 En tal sentido, indicó que su asistida ofrecía la suma
de pesos diez mil quinientos ($10.500) en concepto de reparación
económica y, en caso de que el Tribunal lo considere necesario, la
realización de tareas comunitarias no remuneradas.
III. Ante ello, el Dr. P.R., Defensor Público
Coadyuvante a cargo del Programa de Asistencia y Patrocinio
Jurídico a Víctimas de Delitos, y el Dr. M.R., apoderado
de la querellante S.G.Á. de A., en
representación de su hija menor M.T.A.,
estimaron que la solicitud de la defensa no podía ser vista más que
como una maniobra dilatoria y que debía ser declarada inadmisible,
con costas (cf. fs. 1739/1739 vta).
En ese norte, explicó que el día 24 de abril de 2017
este Tribunal rechazó una solicitud de idéntica naturaleza y la
defensa no...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba