Sentencia de TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 1, 18 de Septiembre de 2019, expediente FSM 010253/2014/TO01

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 1

Poder Judicial de la Nación «Tribunal Oral Penal Económico N°1»

FSM 10253/2014/TO1 Buenos Aires, 18 de septiembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N° FSM 10253/2014/TO1 (registro interno nro. 2639/15) caratulada “GUTIÉRREZ RAYO, MARLIO Y OTROS S/ INF. ARTS. 864 inc. “d”, 865 inc. “a”, 866 de la ley 22.415 en concurso real con los arts. 5 inc. “c”, 7 y 11 inc. “c” de la ley 23.737” del registro de este Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 1.

Y CONSIDERANDO:

El Dr. D.G.B. dijo:

1) Que, con fecha 13/09/19, este Tribunal resolvió: “I.

ORDENAR LA DETENCION de V.E.R. (D.N.

  1. 28.910.993, domiciliada en la calle Libertad N° 2409, piso 2°, departamento “7”, Ciudad Jardín, Provincia de Buenos Aires) … y en consecuencia DISPONER LA INMEDIATA CAPTURA…” (cfr. Fs. 8492/8493 de los autos principales).

    2) Que, a fs. 8498/8501, la Defensa de RECALT interpuso recurso de reposición contra la resolución antes referida por considerarla violatoria del principio de inocencia y solicitó que se revoque por contrario imperio dicho pronunciamiento y se mantenga el estado de libertad de su defendida hasta que eventualmente exista una sentencia condenatoria firme en su contra.

    En ese orden de ideas, manifestó que, al no encontrarse resuelto, a la fecha, el recurso de queja presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la condena dictada respecto de RECALT no había adquirido firmeza y, por lo tanto, no resultaba ejecutable.

    Finalmente, formuló reservas de recurrir ante la Excma. Cámara Federal de Casación Penal y del caso federal.

    3) Que, corrida que fue la correspondiente vista al Ministerio Público Fiscal, el Sr. Fiscal Dr. M.A.V., estimó que el Tribunal no Fecha de firma: 18/09/2019 Firmado por: J.A.M., Juez de Cámara Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: I.C.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.X.G., SECRETARIA DE JUZGADO #27258127#244581435#20190918121438109 Poder Judicial de la Nación «Tribunal Oral Penal Económico N°1»

    FSM 10253/2014/TO1 debía hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Defensa de R. remitiéndose en un todo a los argumentos esgrimidos por esa representación en el dictamen nro. 5426/19 del día de la fecha obrante a fs. 4/8 del incidente de eximición de prisión (cfr. fs. 8503 y vta.).

    4) Que, a fin de resolver el recurso cabe tener en consideración que este Tribunal coincide con lo señalado por la Defensa en cuanto a que la condena dictada en relación a R. no se encuentra...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR