Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 30 de Noviembre de 2018, expediente FSA 008625/2018/TO01
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY - SECRETARIA |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY 8625/2018 Principal en Tribunal Oral TO01 IMPUTADO: M. F., D.
s/INFRACCION LEY 22.415 AUTOS Y VISTOS: En San Salvador de Jujuy, a los 30 días del mes de noviembre
de 2018, se reunió el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, integrado por los Dres.
M., F. y el Suscripto, que preside el trámite, para
dictar sentencia en esta causa N° 8625/2018/TO1 caratulada: “M.,
D. S. LEY 22.415”, seguida a D. M. F.
boliviana, CIBol Nº 8842835, nacida el 28 de diciembre de 1993 en El Trópico –
Cochabamba, Bolivia, hija de L. y de T.,
soltera, costurera, con estudios primarios incompletos, con último domicilio en Pampa
Churila – Cochabamba – Bolivia y actualmente alojada en el Complejo Penitenciario
Federal III por el delito de contrabando de importación de estupefacientes agravado por el
inequívoco destino de comercialización (arts. 864 inc. “a” y 866 segundo párrafo de la Ley
22.415 y sus modificatorias).
RESULTA:
Las partes que intervienen en esta causa, la representante del Ministerio Público
Fiscal Dra. J. y el Defensor Dr. M., acordaron
solicitar juicio abreviado con la conformidad expresa de la imputada, a quien se la conoció
en la audiencia del artículo 41 del Código Penal.
La F. General pidió la pena y la encartada prestó conformidad sobre la existencia
del hecho, su participación, la calificación legal descripta en el requerimiento de elevación a
juicio y las penas solicitadas.
Este tribunal admitió la prosecución del trámite por el procedimiento abreviado y
realizó la audiencia prevista en el artículo 431 bis inc. 3º del C.P.P.N. el día 15 de noviembre
de 2018, conforme consta a fs. 328.
Así, corresponde dictar sentencia en base a las pruebas obrantes en la causa, de
acuerdo al pacto de juicio abreviado.
Fecha de firma: 30/11/2018 Alta en sistema: 03/12/2018 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CÁMARA 1 Firmado por: M.H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.A., SECRETARIO DE CAMARA #32483905#222910896#20181130094244092 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY Y CONSIDERANDO:
La conducta atribuida.
En el requerimiento de elevación a juicio de fs. 222/227, el agente fiscal describió los
hechos acaecidos en autos de la siguiente manera: “La presente causa se inició el día 26 de
marzo de 2018, aproximadamente a horas 14:15, cuando personal de la Sección Puente
Internacional “La Quiaca”, dependiente del Escuadrón 21 de Gendarmería Nacional, que se
encontraba efectuando una recorrida a pie por el sector denominado “Ex Matadero
Municipal” de la referida ciudad, próximo al límite internacional con Bolivia, pudo observar
el ingreso al territorio argentino, por paso no habilitado, de una persona de sexo masculino
procedente de la república de Bolivia, empujando un carro de mano, con una mochila en sus
hombros, razón por la cual se procedió a su control migratorio aduanero, surgiendo del
mismo por un lado, que carecía de documento que acreditara su identidad, refiriendo
llamarse R., changarín, de nacionalidad boliviana, y por otro, que
sobre el carro trasladaba una valija color negro marca DUQLEY y dos (2) conservadoras,
una de color verde u otra naranja de 20 litros cada una. Al solicitársele la apertura de éstas,
se constató que en su interior llevaban quesos tipos criollos, y al ser descargados de una de
ellas, llamó la atención del personal preventor el excesivo peso de la misma, realizándose un
palpado que reveló partes duras que sobresalían en su estructura. Ante ello, a fin de
profundizar el control, se trasladó al causante y los efectos hasta el asiento de la Sección,
donde en presencia de testigos se procedió a la apertura de las conservadoras,
estableciéndose en ambas una cavidad doble fondo ubicada entre el aislante térmico y el
plástico exterior –interior, procediéndose a extraer de la conservadora de color verde un (1)
paquete rectangular, y de la de color naranja (2) dos paquetes rectangulares, los tres
envueltos en cinta de color verde, conteniendo una sustancia que sometida a una prueba
orientación narcotest, arrojó resultado positivo a la presencia de Cocaína, con un peso total
de 3.066,25 gramos conforme acta de pesaje y extracción de muestras de fs. 60.
Durante el procedimiento, se advirtió que el involucrado poseía un teléfono celular de
color blanco, que sonó en reiteradas oportunidades con llamadas telefónicas entrantes, no
permitiéndosele la recepción de las mismas. Asimismo, al requisarse la valija que también
era transportada en el carro, se extrajo del bolsillo delantero exterior, la documentación que
Fecha de firma: 30/11/2018 Alta en sistema: 03/12/2018 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CÁMARA 2 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.A., SECRETARIO DE CAMARA #32483905#222910896#20181130094244092 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY se detalló en el acta de procedimiento de fs. 2/3, que tenían como dato relevante que estaban
casi todos a nombre de D., y había además tres fotografías
4x4.
Posteriormente, se puso en conocimiento de ésta Fiscalía y de esos estrados, los
hechos ocurridos, oportunidad en la que se autorizó a la fuerza a obtener información del
teléfono involucrado a través de llamadas o mensajes que pudiera recibir, orientándose
además la realización de una búsqueda en la terminal de ómnibus de esa ciudad de la Quiaca
a efectos de individualizar a la ciudadana D., y se obtengan
además sus movimientos migratorios.
Continuando con el procedimiento, se dejó constancia sobre la recepción de un
mensaje de texto que rezaba “ola amigo soy cristian necesito mi equipaje”, lo que motivó
que se solicitara apoyo al Grupo Inteligencia Criminal del Escuadrón 21, para que concurra
hasta la terminal de ómnibus y sus adyacencias a fin de individualizar a DANIA MARCOS
FERRUFINO a través de los datos obtenidos en la documentación y las fotografías 4x4
secuestradas. Asimismo, y conforme directivas de ese Juzgado, el personal de Gendarmería,
le indicó al encartado que cuando ingresara una llamada, debía decir que “el ya llegaría con
las cosas a la terminal”, y cuando efectivamente dicha comunicación ocurrió, el imputado le
dijo a quién llamó que esperara, que ya estaría llegando a la terminal.
Luego de ello, personal del Grupo de Inteligencia Criminal informó (cfr. fs. 11/12)
que en inmediaciones de la terminal de ómnibus de la ciudad de la Quiaca, se encontraba una
persona que guardaba similitudes con la fotografía aportada, por lo que personal preventor se
dirigió al lugar, pudiendo observar que sobre calle B. y Balcarce se encontraba una
persona de sexo femenino acompañada de un masculino y al ser llamada por el nombre de
D. M. F., la mujer contestó afirmativamente, por lo que se le
solicitó su Documento de Identidad, presentando una CIBol Nº 884235 a su nombre,
identificándose a la persona de sexo masculino como B.,
CIBol Nº 8711513, los que fueron trasladados hasta el asiento de la Sección, donde la
nombrada quedó detenida.
(…) Cabe consignar que durante la sustanciación de la causa se dispuso la Captura de
B., que fue detenido en circunstancias en que intentaba
ingresar al país el 03/06/2018 (cfr. fs. 143 y vta.), surgiendo del cotejo dactiloscópico de las
Fecha de firma: 30/11/2018 Alta en sistema: 03/12/2018 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CÁMARA 3 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.A., SECRETARIO DE CAMARA #32483905#222910896#20181130094244092 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY huellas de éste y de la persona demorada el 26/03/2018, que no se trata de la misma persona,
manifestando, en oportunidad de comparecer a esos estrados (fs. 159) que su Cédula de
Identidad es nueva, ya que la anterior “se la había usado o quitado su hermano Cristian
Uztariz VáSquez, quien vino de visita a su casa en Argentina, por última vez en el año nuevo
de 2017”. Agregó que “su hermano tiene 17 años y que por eso debió usar el documento del
deponente”, por lo que V.S. resolvió a fs. 162/163 vta. dejar sin efecto la orden de detención
librada en contra del nombrado, emitiendo nueva orden de captura en contra de CRISTIAN
USTAREZ VASQUEZ, la que aún se encuentra vigente.
A fs. 60 corre agregada Acta de pesaje y de extracción de muestras para Pericia de la
sustancia incautada, la que arrojó un peso total de 3066,25 gramos y cuyo resultado rola a fs.
82/86 concluyendo que la sustancia analizada se trata de Clorhidrato de cocaína de una
concentración que oscila entre el 75,9% y el 83,2%”.
Además de la admisión que de los hechos realizara la imputada al momento de
suscribir el acuerdo, éste se ha verificado por las pruebas que se detallan a continuación:
-
Acta de procedimiento de fs. 2/4, realizada por personal del Escuadrón 21 “La
Quiaca” de Gendarmería Nacional, bajo la presencia de los testigos hábiles Walter Ernesto
Tolaba y J.. Allí consta que el día 26 de marzo de 2018 resultó detenido René
Mamani Gómez momentos después de que ingresara al país 3.066,25 grs. de clorhidrato de
cocaína, ocultos en el interior de dos conservadoras de frío, por un paso no habilitado que
une las fronteras de nuestro país y Bolivia, quien resultó detenido.
-
Pruebas de narcotest de fs. 5.
-
Acta de prosecución del procedimiento de fs. 11/12, en la que se deja constancia
que la persona involucrada durante una primera etapa del procedimiento recibió en su
teléfono celular un mensaje de texto que decía “ola amigo soy C. necesito mi
equipaje”, lo que motivó que se requiera apoyo para dar con el paradero de la señora Dania
Marcos Ferrufino, cuya documentación y varias fotografías 4x4 se hallaron en el interior de
la valija que el pasero transportaba junto con las conservadoras con el material prohibido.
Ello permitió individualizar a la nombrada en la Terminal de Ómnibus de La Quiaca, quien
...
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