Sentencia de TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 12 de Junio de 2018, expediente CCC 031812/2017/TO01

Fecha de Resolución12 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31812/2017/TO1 T.O.M. N° 1. CAUSAS Nros. 9095/9272/9345 Buenos Aires, 12 de junio de 2018.-

Y VISTOS:

Estos actuados que llevan el Nro. 9095 (registro informático N° 31.812/2017) y sus acumulados N.. 9272 y 9345 del registro del Tribunal Oral de Menores N° 1 de la Capital Federal, integrado -conforme lo dispuesto en el artículo 28 del C.P.P.N. (según ley 27.308)-, por la señora Juez de Cámara, doctora M.R.C., conjuntamente con el Sr.

Secretario, doctor M.S., seguidos contra A.D.M.A.:

(...). Intervienen en el proceso el señor A.F., doctor J.P.V., la señora Defensora Pública Oficial, doctora N.A.A. y la señora Defensora Pública de Menores e Incapaces, doctora M.L. de F..

Y CONSIDERANDO:

I) Requerimientos de elevación a juicio.

  1. Causa Nro. 9095 En el requerimiento de elevación a juicio glosado a fs. 69/71 de estos actuados se imputó a A.D.M.A. el evento que se describió en los siguientes términos:

    Se imputa a A.D.M.A. el hecho llevado a cabo el día 26 de mayo de 2017, aproximadamente a las 14.10 has.

    oportunidad en la que intentó sustraer de la baulera trasera del ómnibus, interno N.. 1070, de la firma “Crucero del Norte”, en oportunidad de hallarse éste circulando por la calle N.. 5 de la Villa 31, casi intersección con la calle N.. 4, ingresando a la estación Retiro de esta ciudad, la valija de color azul, con la inscripción “SP Express”, propiedad de M.E.B., Fecha de firma: 12/06/2018 Firmado por: M.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.S., SECRETARIO #30148126#208558564#20180612141803581 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31812/2017/TO1 la que contenía diversas prendas de vestir y elementos de higiene personal.

    Para lograr el objetivo el nombrado habría aprovechado que el rodado se encontraba arribando a la terminal de ómnibus, para así proceder a la apertura del maletero trasero del lado derecho y extraer de allí la valija mencionada, mientras el vehículo continuaba en movimiento.

    Personal policial que se hallaba detrás del ómnibus en cuestión, logró observar el accionar del nombrado, procediendo a su inmediata detención cuando éste, al verse descubierto, intentaba darse a la fuga del lugar.

    Esta acción fue calificada en la citada pieza procesal, como constitutivas del delito de hurto calificado por tratarse de mercadería en tránsito, en grado de tentativa, debiendo responder el nombrado en calidad de autor (arts. 42, 45 y 163 inciso 5° del Código Penal).

  2. Causa Nro. 9272 Asimismo, en el requerimiento de elevación a juicio agregado a fs. 62/64 de dichos actuados, se imputó a A.D.M.A., el hecho que a continuación se detalla:

    Se atribuye a A.D.M.A., el hecho llevado a cabo el día 16 de octubre de 2017, aproximadamente a las 18.40 has., oportunidad en la que interceptó a H.D.B. con fines de robo en la intersección de las calles 3 y 4 del barrio de Retiro de esta ciudad.

    En dicha ocasión, mientras el damnificado caminaba por el lugar indicado junto a su amigo E.D.C.M., M.A. se le acercó por detrás, para seguidamente Fecha de firma: 12/06/2018 Firmado por: M.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.S., SECRETARIO #30148126#208558564#20180612141803581 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31812/2017/TO1 arrebatarle violentamente el teléfono celular marca Samsung modelo Grand Prime, de color blanco, que el nombrado llevaba en su mano izquierda, como así también su reloj pulsera dorado y negro, con la inscripción X..

    Producida la sustracción el imputado se dio a la fuga del lugar siendo perseguido por C.M., quien, a los pocos metros, logró darle alcance, haciéndose presente seguidamente el damnificado quien recuperó sus efectos personales luego de forcejear con el imputado, producto de lo cual cayeron al suelo, resultando el damnificado lesionado en su mano y brazo izquierdo.

    Instantes después se hizo presente en el lugar personal policial, los que formalizaron la detención del imputado.

    Este suceso, fue calificado como constitutivo del delito de robo, en grado de tentativa, por el que deberá

    responder en calidad de autor (arts. 42, 45 y 164 del Código Penal).

  3. Causa Nro. 9345 En el requerimiento de elevación a juicio agregado a fs. 156/159 de dichos actuados, se imputó a A.D.M.A., el suceso descripto en los siguientes términos:

    Con las constancias habidas a la fecha y el grado de convicción requerida por la norma procesal invocada, este Ministerio Fiscal tiene por debidamente probado que el día 15 de marzo de 2017, con anterioridad a las 5.00 horas, en circunstancias en que el aquí imputado junto con A.D.Q. –de quien se ha librado oficio para la averiguación de su actual paradero-, con la intención de apoderarse de bienes Fecha de firma: 12/06/2018 Firmado por: M.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.S., SECRETARIO #30148126#208558564#20180612141803581 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31812/2017/TO1 ajenos, procedieron a ingresar –muy probablemente en más de una oportunidad dado el volumen y cantidad de los elementos sustraídos- al interior del predio de galpones y conteiners donde funcionan las distintas oficinas móviles del ANSES y del GCBA y que se emplaza en el interior de la Villa 31 bis, más precisamente frente a la manzana 2 bis de esta ciudad.

    Una vez allí, los aquí imputados lograron remover el candado de la puerta de ingreso al predio para luego dirigirse hacia el conteiner perteneciente a la Secretaría de Integración Social y Urbana de...

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