Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA, 19 de Junio de 2018, expediente FRO 000086/2016/TO01

Fecha de Resolución19 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 86/2016/TO1 (MS)

SENTENCIA N° 63/18.-

Santa Fe, 19 de junio de 2.018.-

AUTOS Y VISTOS:

Estos caratulados “GUZMAN, HÉCTOR ALBERTO –

ALTAMIRANO, TELMO SEBASTIÁN S/ Infracción ley 23.737 (art. 5 inc. c)”, Expte. N° FRO 86/2016/TO1, de entrada ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; incoados contra H.A.G., argentino, soltero, instruido, DNI N° 23.358.246, nacido el 19 de agosto de 1973, en la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, hijo de A.R. y de R.M., con domicilio en calle A.N.° 2939 de esta ciudad, actualmente alojado en el Instituto de Detención Modelo U-1 de Coronda; y T.S.A., argentino, soltero, instruido, DNI N° 33.559.826, nacido el 23 de mayo de 1988 en la ciudad de Santa Fe, hijo de R.O. y de R.L.F., con domicilio en calle 3 de febrero N° 4009 de ésa; y en los que intervienen el fiscal general, Dr. Martín I.

Suárez Faisal, el defensor público coadyuvante Dr.

Fecha de firma: 19/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29877869#209315472#20180619120637316 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 86/2016/TO1 (MS)

J.A. y el defensor particular, Dr. I.L.; de los que, RESULTA:

I) Se inician las presentes actuaciones en fecha 16 de enero de 2016 a raíz de la comunicación realizada por la Sección Inteligencia Zona Centro -dependiente de la Dirección de Prevención y Control de Adicciones de la Policía de Santa Fe-, mediante la cual puso en conocimiento que en una vivienda ubicada en calle A.N.° 3900 el barrio San Lorenzo de esta ciudad, se estaría vendiendo estupefacientes.

Seguidamente acompañó parte por medio del cual informaronn que mediante observaciones realizadas sobre el domicilio denunciado, constataron la llegada de numerosas personas, quienes luego de permanecer un breve lapso se retiraban de lugar, realizando previamente un intercambio de elementos (fs. 6/10).

Labores investigativas posteriores permitieron individualizar a H.A.G. como al principal involucrado en la actividad ilícita, quien la llevaría a cabo en los domicilios sitos en calle A.N.° 3929 y N° 3932. Asimismo, pudieron observar la concurrencia a ambas viviendas de numerosas Fecha de firma: 19/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29877869#209315472#20180619120637316 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 86/2016/TO1 (MS)

personas, que realizaban idénticas maniobras a las antes descriptas (fs. 18/32 vta., 36/42, 73 y 91/93).

En atención a dichas circunstancias el juez instructor dispuso el registro domiciliario de los inmuebles investigados (fs. 102/107), los que se llevaron a cabo el 3 de agosto de 2016.

Del inmueble sito en calle A.N.° 3932 lograron el secuestro de treinta y cuatro envoltorios con marihuana, un celular LG y una notebook BGH, resultando detenida E.S.P. (fs.

115/120).

Requisada la vivienda de calle A.N.°

3929, lograron el secuestro de tres envoltorios con marihuana, treinta y ocho recipientes plásticos con cocaína y veinticinco con vestigios. Como consecuencia de ello quedó detenido H.A.G., a quien le incautaron trescientos setenta y cinco pesos ($375)

(fs. 152/155).

La autoridad policial tramitó el pertinente sumario (fs. 156/180), el que fue elevado -junto con los efectos secuestrados- al Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad (fs. 181/183).

Fecha de firma: 19/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29877869#209315472#20180619120637316 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 86/2016/TO1 (MS)

  1. En sede judicial, se le recibió

    declaración indagatoria a los detenidos (fs. 209/212 vta. y 213/216) y se incorporaron constancia de depósito del dinero secuestrado (fs. 231) e informes del Registro Nacional de Reincidencia (fs. 248/258 y 259).

    El 19 de agosto se dictó el procesamiento de H.A.G. como presunto autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5° inc. c de la ley 23.737) y de E.S.P. como presunto autora del delito de tenencia simple de estupefacientes, otorgándole la libertad a la nombrada (fs. 276/289 vta.).

    En la continuidad del trámite se incorporó el informe técnico N° 126/16 realizado sobre las sustancias secuestradas (fs. 299/308).

    En fecha 8 de septiembre se acumuló al presente el expte. N° FRO 18370/2016 caratulado “A., S. -G.H.A. s/

    infracción ley 23.737”, por existir conexidad subjetiva y objetiva (fs. 424).

    Dicho expediente tuvo su inicio el 13 de mayo de 2016 en momentos en que personal del Cuerpo de Fecha de firma: 19/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29877869#209315472#20180619120637316 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 86/2016/TO1 (MS)

    Infantería de la UR I de la Policía de la provincia de Santa Fe se encontraba patrullando por la ciudad, cuando al llegar a la intersección de las calles San Lorenzo y 3 de febrero, observó una motocicleta Yamaha gris en la que se trasladaban dos hombres a gran velocidad. Ante ello, el personal policial impartió la voz de alto y comenzó a perseguirlos –debido a que hicieron caso omiso a la orden-, observando que la motocicleta había colisionado contra otro motovehículo en la intersección de las calles Dr. Zavalla y S.J..

    En tal circunstancia, identificaron a los sujetos perseguidos, quienes resultaron ser H.A.G. (conductor) y T.S.A., quien se encontraba tendido en el suelo, y al levantarlo advirtieron la existencia de una bolsa de nylon con una sustancia similar a la marihuana.

    Convocado personal de la Brigada Operativa Departamental I, determinaron que el material secuestrado se trataba de marihuana (fs. 325/327 vta.).

    Confeccionado el sumario prevencional correspondiente (fs. 330/353), fue elevado junto con el material estupefaciente (354/355).

    Fecha de firma: 19/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29877869#209315472#20180619120637316 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 86/2016/TO1 (MS)

    Luego de ser recibido en sede judicial, se incorporaron informes sobre antecedentes (fs. 361/382 y 387/395) y se le recibió testimonial a Á.Z. –

    numerario del Cuerpo de Infantería de la UR

    I- (fs.

    405/406). e indagatoria a A. y G. (fs.

    407/408 vta. y 409/410 vta., respectivamente).

    En la continuidad del trámite, el día 29 de diciembre de 2016 se dictó el procesamiento de los nombrados por considerarlos autores del delito de tenencia simple de estupefacientes, confirmando la libertad que venía gozando A. (fs. 456/461 vta.).

    Finalmente, en fecha 27 de enero de 2017 el fiscal federal formuló requerimiento de elevación a juicio respecto a G. como coautor del delito de tenencia de simple de estupefacientes y autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (arts. 14 primer párrafo y 5 inc. c de lal ley 23.737 y 45 del CP); y en relación a E.S.P. y T.S.A. por el delito de tenencia simple de estupefacientes, en calidad de autor para la enunciada primeramente y de coautor para el segundo de los nombrados (arts. 14 Fecha de firma: 19/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29877869#209315472#20180619120637316 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 86/2016/TO1 (MS)

    primer párrafo de la ley 23.737 y 45 del CP) (fs.

    490/498 vta.).

    No habiéndose interpuesto excepción u oposición, por decreto de fs. 504 se ordenó la clausura de la instrucción y la elevación de la causa.

  2. Recibida en este tribunal y verificadas las prescripciones de la instrucción, se citó a las...

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