Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 4 de Mayo de 2018, expediente CFP 008494/2016/TO01

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 8494/2016/TO1 Causa n° 2131/17 “Llanos, M.L. (M.N.)

s/ inf. ley 23.737.”

T.O.F. n° 3 Reg. n° 7993 Buenos Aires, 4 de mayo de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Que, conforme surge de fs. 463/467, M.L.L. fue notificada de la sentencia obrante a fs. 434/439. En consecuencia, corresponde dejar sin efecto la rebeldía y orden de captura dispuestas a fs. 448 y hacer saber al Departamento de Judiciales de la Policía de la Provincia de Jujuy y a la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Contra las Personas y Delitos Complejos de Jujuy que no interesa la detención de la nombrada en las presentes actuaciones.

En virtud de lo expuesto SE

RESUELVE:

I.D. sin efecto la declaración de rebeldía y orden de captura de M.L.M.N.)L., dispuestas a fs. 448.

  1. Reanudar el trámite de las presentes actuaciones.

  2. Hacer saber a la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Contra las Personas y Delitos Complejos de Jujuy y al Departamento de Judiciales de la Policía de la Provincia de Jujuy que no interesa la detención de M.L. (M.N.)L..

R., notifíquese y líbrense oficios a la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria, División Asuntos Internacionales de la PFA Fecha de firma: 04/05/2018 –Interpol-, Registro Nacional de Reincidencia, Dirección Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.L.G., SECRETARIO DE JUZGADO...

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