Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 3 de Mayo de 2018, expediente FCR 004466/2017/TO01

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 4466/2017/TO1 Comodoro Rivadavia, Chubut, 3 mayo de 2018.-

Y VISTO:

Que se constituye el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia actuando en Juicio Unipersonal a cargo de la Dra. N.M.T.C. de MONELLA, con la asistencia de la Secretaria Dra. Marta Anahí

GUTIERREZ, para dictar sentencia en la causa Nº FCR 4466/2017/TO1 (originaria del Juzgado Federal de Rawson Nº 2) que por presunta infracción a la ley 23.737 se le sigue a N.F.C., alias “Mota”, DNI Nº 23.998.557, argentino, casado, instruido, empleado, nacido el 26 de marzo de 1974 en Trelew, Chubut, hijo de Emiliano CURIQUEO y de Á.M. con último domicilio en Barrio Constitución Sector G Escalera 150 Dpto. “B” de la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, actualmente detenido en la Unidad 6 del Servicio Penitenciario Federal; quien es asistido por el Defensor Particular D.A.M.; y en la que actúa como F. General el Dr.

T.W.N..-

La Sra. Presidente Dra. N.C. de MONELLA dijo:

Y RESULTANDO:

  1. Que esta causa se inicia con las actuaciones prevencionales labradas por la Policía de la Provincia del Chubut que dan cuenta que el 13 de abril de 2017 a las 18:15 horas, en el marco de un operativo de control público que dicha fuerza se encontraba realizando en la calle Fuerte San José a la altura de la Escuela Provincial Nº 164, arribó al mismo un vehículo Ford Eco Sport dominio KGN-565, y al solicitársele al conductor exhibiera la documentación correspondiente se bajó del rodado con una carpeta y un envoltorio de nylon celeste en su mano el cual trató de desprenderse, impidiéndoselo el personal que lo redujo. Convocados testigos y la División Drogas la requisa vehicular, con la ayuda de un can, arrojó el hallazgo de sustancia pulvurulenta blanca que luego la pericia determinó que era cocaína al igual que el contenido del otro envoltorio mencionado, incautándose además una balanza y dinero en efectivo en entre otros elementos identificándose al sujeto como Néstor Curiqueo (fs.1/9, 17/42vta, y 134/137).-

    Consta que a fs. 13/14 N.F.C. se abstuvo de declarar ante el Juez Instructor; que a fs. 85/86vta. dictó le dictó el procesamiento por considerarlo prima facie autor del delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14 primer apartado de la ley 23.737); que a fs. 139/143 el Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio en orden al delito citado, y que a fs. 145 dictó el decreto de clausura de la instrucción y de elevación del expediente a juicio.-

    Fecha de firma: 03/05/2018 Alta en sistema: 04/05/2018 Firmado por: N.C. DE MONELLA, JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.G., SECRETARIA #31007619#205311245#20180503143039601 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 4466/2017/TO1

  2. En la Audiencia de Debate y Juicio fueron incorporados los elementos convictivos que da cuenta el acta respectiva, según las prescripciones legales que en cada caso se citan.-

    II.a Indagatoria:

    N.F.C., invitado a prestar declaración indagatoria se abstuvo de hacerlo, en coincidencia con la decisión adoptada en la etapa instructoria.-

    II.b. Prueba documental:

    II.b.1. El Acta de procedimiento del 13 de abril de 2017, en la que el funcionario actuante, C.M.G., dejó constancia que, realizándose en la calle Fuerte de San José Nº 164 un control prevencional de orden público por personal de la Sección Canes, cuya especialidad es la detección de narcóticos, se procedió a solicitarle al conductor del vehículo Ford Eco Sport dominio KGN-565 que detuviera su marcha y que exhibiera la documentación del rodado, en ese momento el Cabo 1º S.Ñ. le solicitó al conductor que apague el motor, el sujeto lo hizo y descendió del mismo junto con su porta documento en una de sus manos, mientras que la otra la tenía en su bolsillo izquierdo, en un momento determinado, sacó la misma sujetando un envoltorio de nylon celeste de mediana dimensiones procurando arrojarlo en un hueco de la pared de la escuela, maniobra observada por Ñ. quien procedió a reducirlo y a custodiar dicho envoltorio, dándole inmediato aviso al actuario; que se solicitó la presencia del personal de la División Drogas Peligrosas como así también de testigos, designándose en tal carácter a J.C. y a G.A., que se identificó al conductor resultando ser N.F.C.. Consta que se hizo presente el personal de la División Drogas, que se efectuó

    una requisa superficial de Curiqueo hallándose en uno de sus bolsillos la suma de $3.257, discriminados en 32 billetes de $ 100, 1 de $ 50, 1 de $ 5 y 1 de $ 2, que seguidamente se requisó el vehículo en primer término se pasó el can Thor y luego el personal de la División Drogas, comenzando por el habitáculo delantero, donde el perro marcó del lado del acompañante, en la guantera se encontró una balanza de precisión y un celular Samsung negro con vivos rojos, luego se revisó el baúl donde el can T. marcó y focalizó un tarro verde que contiene sustancia pulverulenta blanca, sobre la cual se realizó un narcotest, arrojando resultado positivo de Clorhidrato de Cocaína, esta sustancia fue colocada en nueve envoltorios de papel film, se procedió a su pesaje arrojando 28 gramos, por un error no se había pesado el primer envoltorio que arrojó un peso de 45gramos; que se incautaron todos los elementos y se dio aviso al Juzgado Federal y se cumplieron demás formalidades de ley (2/3).-

    II.b.2. Las fotografías que ilustran las distintas secuencias del procedimiento (fs. 5/vta).-

    II.c. Prueba Pericial:

    II.c.1. La Pericia bioquímica determinó sobre la sustancia incautada: a) que las Muestras 1 (lavado), 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 contienen cocaína, b) que se Fecha de firma: 03/05/2018 Alta en sistema: 04/05/2018 Firmado por: N.C. DE MONELLA, JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.G., SECRETARIA #31007619#205311245#20180503143039601 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 4466/2017/TO1 recepcionaron 69,28 gramos de cocaína; c) que de acuerdo a la cuantificación y al peso del material recibido podrían prepararse 602,7620 dosis de 50 mg. y 301,3810 dosis de 100 mg; y d) que la Muestra 1 no será cuantificada debido a que es un lavado no pudiéndose obtener pureza y dosis de dicha muestra (fs. 134/137).-

    II.c.2 La Pericia telefónica Nº1571 del celular secuestrado determinó: a) que fue factible el relevamiento de la información contenida en las tarjetas SIM contenida en el equipo de telefonía celular Samsung GT-E2121L; b) que el equipo no posee tarjeta de memoria interna extraíble; c) que el número de IMEI físico y lógico del equipo de telefonía celular analizado, se corresponden entre sí; d) que la totalidad de la información relevada fue almacenada en una unidad de almacenamiento óptico (DVD), Informe de la extracción:

    No hay contenido de interés para la causa (fs. 98/128).-

    II.d. Prueba testimonial:

    II.d.1. N.D.D., quien manifestó prestar servicios en la División Drogas y Leyes Especiales de Trelew como Oficial Inspector, declaró que el 13/4 a las 18 horas, aproximadamente fue convocado en virtud que momentos antes el personal de canes, efectuando un operativo de control, detuvieron un vehículo y encontraron sustancia que podría ser estupefacientes. Que se dirigió al lugar en compañía del Cabo Castillo. Que una vez que llegaron al lugar observó frente a la escuela una camioneta Eco Sport y sobre la vereda una persona detenida, estaba con las esposas, y en el vereda, sobre el suelo, vio un envoltorio celeste por lo que le preguntó al empleado los motivos de la demora, quien le refirió que encontrándose en un operativo de control observaron la camioneta, la detuvieron y constatan que era CURIQUEO, lo hicieron descender y en ese momento vieron que llevaba una cartera con documentación y en la mano derecha un objeto, que al descender se despojó y que podría ser un narcótico. Que como segunda medida inspeccionó el objeto de nylon celeste, con la particularidad que era tipo piedra en estado sólido, lo cual era bastante llamativo, porque este tipo de sustancias generalmente se encuentran en estado polvoriento, que esto estaba en forma de piedra. Que cuando llegaron ya estaban los testigos. Que les explicaron los pasos a seguir, pesaron la sustancia que arrojó 45 gramos y el test dio positivo a cocaína. Que requisaron la camioneta y sobre la guantera encontraron una balanza de precisión gris y un teléfono pequeño, que esto lo hicieron con el can detector de narcóticos que estaba a cargo de Ñancul. Que posteriormente el perro marcó el baúl, se dirigieron junto con los testigos al baúl y observaron un recipiente de plástico con tapa verde, que al desenroscar la tapa vieron una sustancia polvorienta blanca, que le realizaron el test que dio positivo a cocaína, que envolvieron la sustancia en nylon para que no se disemine, la pesaron y arrojó un peso de 28 gramos. Reconoció los efectos exhibidos en la sala y señaló que fue él quien envolvió la sustancia polvorienta en 9 envoltorios explicando que lo hizo así porque el nylon tiene un ancho pequeño y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR