Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 15 de Enero de 2018, expediente FTU 013640/2016/TO01

Fecha de Resolución15 de Enero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO AUTOS: “EXPTE. Nº 13.640/2016 (ACUMULADO EXPTE. Nº

8159/2016) - P.R.R., P.R.J., PERALTA JÉSICA PAMELA Y CORONEL ORLANDO ARIEL s/

INFRACCIÓN A LA LEY 23.737” –

S. delE., 15 de enero del dos mil dieciocho.-

Y VISTOS:

Para resolver el pedido de homologación del acuerdo efectuado por las partes, que obra a fs. 599, en los términos del Art. 431 bis del C.P.N., proponiendo dirimir el estado procesal de los encartados:

R.R.P., DN

  1. N° 13.603.529, argentino, soltero, solo sabe firmar, ocupación albañil, changas, nacido el día 26 de diciembre de 1957 en esta ciudad de Santiago del Estero, hijo de E. delC.P., con domicilio en J. y B.D. nro. 1140 del barrio Tradición de esta ciudad de Santiago del Estero, actualmente alojado en la Dirección Provincial de Drogas Peligrosas); R.J.P., DNI 38.482.648, (a) “Chubaby” argentino, de ocupación lava coche, con instrucción primaria incompleta, nacido el día 22 de diciembre de 1996 en la ciudad de Santiago del Estero, hijo de R.R.P. y C. delV.R., con último domicilio en J. y B.D. nro. 1140 del barrio Tradición de esta ciudad de Santiago del Estero, actualmente alojado en la Dirección Provincial de Drogas Peligrosas de esta provincia de Santiago del Estero); y ORLANDO ARIEL CORONEL, DN

27.390.628, (a) “Huevo”, argentino, casado, con instrucción secundaria incompleta, de ocupación albañil, nacido el día 3 de mayo de 1979 en la ciudad de Santiago del Estero, hijo de S. delC.C. (f) y M.C.C. (f), con domicilio en Dr. R.H. s/n del barrio Santa Rosa de Lima de esta ciudad de Santiago del Estero, actualmente alojado en el Servicio Penitenciario Federal “Unidad 35” de “Colonia Pinto”; habiendo actuado como representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. P.E.S. y por la defensa técnica de los Fecha de firma: 15/01/2018 Firmado por: A.J.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.A., SECRETARIO DE CAMARA #31136370#197331623#20180115113814705 imputados de referencia, la Dra. N.L., en el carácter de Defensora Pública “ad hoc”.-

Y CONSIDERANDO:

I- EXTREMOS FÁCTICOS RECONOCIDOS:

En el documento referenciado, ratificado en audiencia convocada al efecto –con asistencia de los encartados-, el Ministerio Público Fiscal conjuntamente con la Defensa, y en uso de sus facultades legales, precisan el hecho histórico que diera origen a este proceso; remitiéndose a las cuestiones fácticas aludidas en el requerimiento de elevación a juicio, obrante a fs. 579/ 591 de autos.-

En la referida pieza procesal se consigna, en lo que aquí

interesa, que: “El presente legajo se origina con la denuncia formulada por una persona de sexo masculino que no proporciona sus datos personales, ante la oficina de guardia de la Dirección General de Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Santiago del Estero, el día 9 de mayo del año 2.016, dando cuenta de la venta de estupefacientes por parte de un sujeto que se apoda “C. o Chubaby”, domiciliado en la calle B.D., entre Avenida A. y calle S., del Barrio Tradición de esta ciudad, agregando que en su domicilio se observa la incesante visita de diferentes personas que concurren en diversos medios de movilidad, y que luego de adquirir los estupefacientes los consumen en las adyacencias y bajo los efectos de estas sustancias cometen diferentes ilícitos perturbando el orden del complejo habitacional. Recibida la “notitia criminis” este Ministerio Público solicitó al Juez interviniente se ordene a la mencionada fuerza, la realización de tareas de investigación reservada. A fs. 5/6 del expediente obra el informe de fecha 16 de mayo del año 2.016 del que surge la constatación por parte del personal policial de la existencia de la vivienda denunciada como así también la confirmación que allí vive “Chubeyby” o “Chubaby” quien resultó ser el imputado R.J.P.. En el informe se consigna el malestar de los vecinos ya que el investigado comercia los estupefacientes desde su Fecha de firma: 15/01/2018 Firmado por: A.J.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.A., SECRETARIO DE CAMARA #31136370#197331623#20180115113814705 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO vivienda las 24 horas del día aumentando los hechos vandálicos en el barrio. Conforme las tareas de inteligencia desplegadas, las que se aportan a fs. 7/9 con las correspondientes muestras fotográficas, se informa que se pudo visualizar en diferentes días y horarios la llegada de varias personas a bordo de bicicletas, moto vehículos y autos que estacionan al frente de la vivienda de P. saliendo este al encuentro que luego de un breve dialogo intercambian objetos, que podrían ser los estupefacientes por dinero, para retirarse luego del lugar guardando los elementos adquiridos en sus bolsillos o consumiendo estos en las cercanías del lugar. A fs. 14 surge del informe de fecha 7 de junio de 2.016 que personal policial a cargo de las tareas reservadas se constituyeron a 30 metros del domicilio de P. y simularon tener desperfectos mecánicos en el vehículo que se trasladaban a los fines de obtener elementos para la investigación observando en esa oportunidad, a dos jóvenes que se conducían a pie, y uno de ellos se dirige a la vivienda del procesado R.J.P. y el otro aguarda en la esquina de B.D. y Salavina. Una vez el joven parado al frente de la casa de P., emite un silbido particular y luego de unos minutos es atendido por el mentado P., extrayendo el joven comprador de su bolsillo lo que por su forma de contar, se visualiza como dinero, entablan un corto diálogo sin intercambiar elemento alguno. Luego los preventores escuchan que el joven que previamente se entrevistó con R.J.P. le dice textualmente a su compañero que previamente lo aguardaba en la esquina: “Y CUMPA TODO BIEN, PEGASTE? A lo que el otro le responde: “NO, DICE QUE NO HAY NADA, QUE MAÑANA O PASADO LE TRAEN”. A fs. 15 los funcionarios policiales el día 10 de junio de 2.016 se emplazan nuevamente en cercanías de la calle B.D. y S. del barrio Tradición y observan siendo las 21:25 horas que un automóvil Volkswagen dominio STZ 942 de color bordó llega al frente del domicilio investigado y detiene su marcha por unos instantes y a los pocos segundos sale de la vivienda R.J.P. y se acerca a la Fecha de firma: 15/01/2018 Firmado por: A.J.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.A., SECRETARIO DE CAMARA #31136370#197331623#20180115113814705 ventanilla del automotor del lado del acompañante manteniendo un breve dialogo con el ocupante del rodado, entregándole este último una bolsa de color verde que P. oculta entre sus ropas e ingresa rápidamente a su domicilio. A fs. 18/19 se adosó informe de fecha 21 de junio de 2.016 que da cuenta de una entrevista mantenida entre la fuerza encargada de la investigación con fuentes dignas de crédito (sic.) quienes ponen en su conocimiento que un ciudadano conocido con el apodo de “Huevo” que sería de O.A.C., residente en el Barrio Santa Rosa de Lima, provee de estupefacientes a R.J.P. quien luego los destina a la venta al menudeo, destacando que C. tuvo en los últimos tiempos un fuerte crecimiento económico, incluso intercambiando sustancias estupefacientes por objetos robados como celulares de alta gama y electrodomésticos varios. C. posee un quisco en su domicilio que lo utiliza como pantalla de su verdadera actividad. Asimismo, la prevención informa que O.A.C. posee antecedentes por venta de estupefacientes registradas en el en el año 2.013 y también en el año 2.014. En la primera oportunidad mencionada se le secuestró 58 gramos de cocaína y 259 gramos de marihuana fraccionadas en envoltorios. En el año 2.014 se le practicó un allanamiento en su domicilio secuestrando del mismo dinero, sustancias -cocaína y marihuana-, balanza de precisión y licuadora. A fs. 22/23 continuando con la investigación, las fuerzas policiales en modo encubierto se constituyen en cercanías del domicilio de C. y simularon que su presencia se debía a motivos laborales que involucraban a C.. Los vecinos consultados les marcaron la vivienda del procesado, manifestando textualmente: “Por trabajo? Ha no creo, ese no debe ser. Ahí vive H.C., es un vago, sinvergüenza, que le vende drogas a los chicos ese delincuente basura que no trabaja ni para D., debe ser otro Coronel”. Corroborado el domicilio, observaron en un vivienda lindante a la de C. que en interior de la misma se encontraba estacionado un automóvil marca Volkswagen modelo Senda, color bordó dominio SZT 942, automóvil que Fecha de firma: 15/01/2018 Firmado por: A.J.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.A., SECRETARIO DE CAMARA #31136370#197331623#20180115113814705 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO según el informe anterior fue visto en el domicilio de R.J.P. en horario nocturno entregando envoltorios, que por el afán de ocultamiento presumiblemente se trataba de sustancias estupefacientes.

Según continúa el informe, la persona que conduce generalmente el automóvil mencionado sería de nombre “A.” y tiene a su cargo la entrega de las sustancias ilícitas en varios puntos de la ciudad y por lo general lo hace en horario nocturno. Se glosan muestras fotográficas. A fs.

26, obra el informe de fecha 11 de julio de 2016 a través del cual personal policial realizando tareas encubiertas en cercanías del domicilio de C., observa llegar a dos personas, una de las cuales se ubica en frente de la vivienda y emiten un silbido particular ingresando al interior y al cabo de unos minutos sale de ella manipulando entre sus manos varios envoltorios, que son ocultos entre sus prendas y otros son entregados a su compañero que lo aguardaba, llevando el elemento a sus fosas nasales. A fs. 27 se adosa muestra fotográfica. Conforme surge del E.. nº

8159/2016 caratulado: “NN s/ Infracción a la ley 23.737” acumulado a la presente por conexidad subjetiva y que cito como prueba documental, se autorizó mediante oficio judicial a la División Drogas Peligrosas de la...

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