Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 17 de Noviembre de 2017, expediente FGR 012000935/2012/TO01

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000935/2012/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FERREYRA, A.J. s/Ley estupefacientes General Roca, 17 de noviembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes actuados caratulados: “F.A.J.S. LEY 23.737” (Expte. N°

12000935/2012/T01), puestos a despacho para resolver, y; CONSIDERANDO:

Que mediante resolución interlocutoria de fecha 28 de septiembre de 2016 se suspendió a prueba el proceso seguido en contra de A.J.F. por el término de un (1) año, disponiéndose que el nombrado cumpla con las condiciones impuestas, de acuerdo a lo establecido por el artículo 76 ter del Código Penal. (cfr. fs. 248/249).

Que a fs. 261/vta., se agregó fotocopia de la resolución por la cual el señor Juez de Ejecución Penal de este Tribunal dio por cumplidas las reglas de conducta impuestas al causante.

Por ello y en función de lo dispuesto por los artículos 76 ter y cuarto párrafo del Código Penal, y 336 inciso primero del C.P.P.N., corresponde declarar extinguida la acción penal y en consecuencia sobreseer a A.J.F..

Asimismo corresponde ordenar el levantamiento de la inhibición general de bienes ordenada en contra del nombrado a fs. 198, como así también proceder a la devolución del teléfono celular marca “LG” secuestrado en autos bajo el número 759 del registro de este Tribunal.

Por lo expuesto, EL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE GENERAL ROCA RESUELVE:

I) DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal, y en consecuencia SOBRESEER a A.J.F., titular del Documento Nacional de Identidad nro. 21.970.939, cuyos datos Fecha de firma: 17/11/2017 Alta en sistema: 21/11/2017 1 Firmado por: O.A.C., Juez de C.S. Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.M.P., SECRETARIO DE CAMARA #27882702#193717298#20171121081927762 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000935/2012/TO1 filiatorios se encuentran acreditados en autos, conforme lo establecido por los artículo 76 ter, cuarto párrafo del Código Penal y 336 inciso...

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