Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA, 10 de Octubre de 2017, expediente FMZ 033990/2017/TO01

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 SENTENCIA N° 1753 En Mendoza, a los diez días del mes de octubre del año dos mil diecisiete, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza, integrado con J. unipersonal Dr. A.W.P., con la asistencia del Secretario doctor A.F., celebran Audiencia de Debate en los autos FMZ 33990/2017/TO1, caratulados: S.Z.L.A. s/ INFRACCION LEY 23.737, incoados contra: L.A.S.Z.D. Nº 27.126.076, argentino, nacido en Mendoza el 06 de enero de 1979, hijo de L. y de M., con domicilio en B.V. delR.M.-B, C-24, Rodeo del Medio, Mendoza., actualmente detenido en Penitenciaria Provincial, dejando constancia de la actuación de la señora F. General S. doctora M.M.P. en representación del Ministerio Público Fiscal, así como del Defensor Oficial Ad H.R.S.B. por la defensa del imputado, en forma definitiva, FALLA:

  1. ) RECHAZAR el planteo de nulidad efectuado por la defensa de L.A.S.Z..-

  2. ) CONDENAR a L.A.S.Z., de las demás condiciones personales referidas al inicio, a la pena de cuatro años de prisión, accesorias legales y multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas (valor de cada unidad $2.500,00)

    equivalente a pesos ciento doce mil quinientos ($112.500,00) según artículo 45 de la Ley 23.737 según Ley 27.302 y Resolución E145/17 publicada en el Boletín Oficial el 15/02/2017 -que deberá oblar dentro de los diez días de notificada esta sentencia- y costas por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefaciente con fines de comercialización (arts. 5 inciso “c” de la ley 23.737 y 45 del Código Penal), constatado el día 18 de agosto de 2017 en el departamento de Guaymallén, Provincia de Mendoza.

  3. ) REVOCAR la Suspensión Condicional de la condena impuesta a L.A.S.Z. en Sentencia Nº 2.917 en Autos Nº P-39608/07 dictada por la Cuarta Cámara del Crimen del Poder Judicial de Mendoza. (Artículo 27 del Código Penal).

    Fecha de firma: 10/10/2017 Firmado por: A.W.P., Presidente Firmado(ante mi) por: AMADEO N. FRUGOLI, Secretario Federal #30402283#190721950#20171010135847946 4º) F. que sea la presente, DAR VISTA al Ministerio Público Fiscal y a la defensa de L.A.S.Z. a...

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