Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 17 de Agosto de 2017, expediente FSA 002831/2017/TO01

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA FSA 2831/2017/TO1 ACTA-SENTENCIA-CÓMPUTO DE PENA Y COSTAS En la ciudad de Salta a los 17 días del mes de agosto del dos mil diecisiete siendo horas 11:45 se constituye el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta Nº 1, integrado por la Sra. Juez de Cámara Dra. M.L.S., (Juicio Unipersonal ley 27.308) con la asistencia del Sr.

Secretario Dr. H.F.M. encontrándose presentes en este acto el representante del Ministerio Público Fiscal, el Sr. Fiscal General Dr. F.S.S. a efecto de realizar la audiencia de visu, en los términos del art. 431bis del CPPN en la causa FSA 2831/2017/TO1 – 4581, caratulado “M.V., Teodocia s/ Contrabando de Estupefacientes”. Asimismo están presentes en la sala de audiencias la imputada, T.M.V., de nacionalidad boliviana, con domicilio en Avenida Barrientos C5 de la localidad de Montero - Bolivia, hija de E.M.M. (f) y E.V.V. (v), nacida en Colonia Berlín, Nuevo Amanecer Santa Cruz – Bolivia el 20/3/1979 CI.BOL Nº 6275785 junto a la Sra. Defensora coadyuvante Dra. X.C.O.. Abierto el acto, expresa la acusada que los datos consignados son correctos, y la Sra. Presidente, de conformidad al pedido de juicio abreviado arrimado en esta sede a fs. 195 establece que la presente causa continuará en los términos del art. 431 bis del CPPN por lo que se procede a informar a la encartada del sentido de la audiencia dándose lectura del acuerdo celebrado ante el Sr. Fiscal a fs. 194vta.

Se desprende de dicha pieza procesal que la Fiscalía solicitó que T.M.V. sea condenado a la pena de cuatro (4)

años y seis meses (6) de prisión efectiva por resultar autora penalmente Fecha de firma: 17/08/2017 Alta en sistema: 18/08/2017 Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #30099987#186103525#20170817143332937 responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes calificado, en grado de tentativa ( arts. 863 y 866 inciso 2 y 871 de la Ley 22.415 y art. 45 CP) con más las inhabilitaciones de ley (art. 876 incisos “g”, “e”, y “h” en concordancia del art. 1026 del Código Aduanero y art.

12 del Código Penal) y las costas del proceso ( artículo 29 del Código Penal). A continuación se le pregunta a la acusada si acepta la calificación legal y la responsabilidad del hecho que se le imputa y si está conforme con el acuerdo efectuado respecto de las penas solicitadas, respondiendo que SI está de acuerdo con lo propuesto por el Sr. Fiscal y que reconoce su firma inserta en el acta. Preguntada si tiene algo más que agregar dice que solo quiere pedir perdón por haber cometido este delito. Acto seguido la Sra.

Presidente informa que el Tribunal en este acto dictará la sentencia, CONSIDERANDO; Que, al guardar relación los hechos aceptados por la imputada con el requerimiento de elevación a juicio de fs. 157/163, aceptado por su parte al celebrar el acta acuerdo de fs. 194vta. A ello debemos sumarle que las pruebas analizadas revelan que efectivamente la Sra. M.V. intentó ingresar al país el tóxico en su tracto intestinal, lo que fue advertido mediante placa radiográfica que se le efectuara previo consentimiento. Finalmente evacuó 90 cápsulas, las que arrojaron el peso total de mil ciento cincuenta gramos de clorhidrato de cocaína (1150 gs.), de lo que da cuenta las constancias de fs. 123/136, siendo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR