Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA, 21 de Junio de 2017, expediente FCT 033020040/2008/TO01

Fecha de Resolución21 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los trece días del mes de junio del año dos mil diecisiete, en la sala de acuerdos y deliberaciones se reúne y constituye el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, bajo la presidencia del señor Juez de Cámara, doctor V.A.A., e integrado por los señores Jueces de Cámara, doctor F.A.C. y doctora L.M. ROJAS de BADARÓ, asistidos por la Secretaria Autorizante, doctora S.B.C., para dictar sentencia en la causa caratulada “JOSE ALBERTO MARITANO S/

INFRACCION LEY 23.737 (Art. 5 inc. c)”, expediente FCT33020040/2008/TO1 en la que intervienen el señor F. por ante el Tribunal, doctor C.A.S. en representación del Ministerio Público Fiscal, el defensor particular doctor C.M.P. en representación del procesado JOSE ALBERTO MARITANO D.N.I N° 16.576.879, de 53 años de edad, de estado civil casado, de ocupación chofer de camión, estudios primarios, de nacionalidad argentina, nacido en Balnearia, provincia de Córdoba, el 30 de mayo de 1964, domiciliado en calle Santa Fe Nº 571 de San Francisco, Córdoba, hijo de B.D.M. (f), y de N.A.B., de ocupación jubilada, Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes:

Cuestiones:

Primera

¿Está probado el hecho y la participación del imputado?

Segunda

¿Qué calificación legal cabe aplicar? En su caso ¿Qué sanción corresponde?

Tercera

¿Corresponde la imposición de costas y regulación de honorarios?

Practicado el sorteo correspondiente, resulta que los señores magistrados fundarán su voto en el siguiente orden: doctor FERMIN AMADO CEROLEN

I.-doctora LUCRECIA M. ROJAS de BADARÓ – doctor V.A.A..-

A la primera cuestión, el doctor F.A.C. dijo: Que se inicia el debate en la presente con la lectura del requerimiento de elevación de la causa a juicio, formulado a fs. 558/560 por el Fiscal Federal, doctor B.A.P. donde se describe el hecho que se le imputa al encartado en autos. Según el RECJ se imputa al encausado J.A.M., haber transportado trecientos cincuenta y cuatro (354) paquetes de “marihuana”, con un peso total de trescientos noventa y cuatro kilos con setecientos setenta y dos gramos (394,772 Kg.), el día 06 de noviembre del año 2008, aproximadamente a la hora 20:15, ocultos en el Camión que conducía marca M.B. 1620, dominio “BAG 222”, semirremolque dominio “TDS 867” , los cuales se hallaban en la carrocería disimulados entre bolsas de yerba mate, cubiertos a su vez con bolsas de nylon de color negro (un total de 24 Fecha de firma: 21/06/2017 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M. ROJAS DE BADARO , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.B.C., SECRETARIA DE CAMARA #24158665#181865441#20170621120819976 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes bultos), hecho que fuera constatado sobre R.N.. Nº 14 a la altura del Km 748, en el acceso norte de la ciudad de Gobernador Virasoro (Ctes.) por personal de la Sección Virasoro y del Grupo Seguridad Vial “Virasoro” de Gendarmería Nacional, que se hallaba en el lugar realizando un control preventivo sobre personas y vehículos (P.N.. 220/08 y 490/08)

Por el hecho descripto, el Ministerio Fiscal sindicó a J.A.M., como autor del delito de transporte de estupefacientes previsto y reprimido por el Art. 5 inc. c) de la Ley 23737.

Que en la audiencia de debate, y en la oportunidad prevista para recibírsele declaración indagatoria, el imputado M. se abstiene de prestar declaración, incorporándose por lectura la declaración prestada en sede instructoria de fs.84/87 donde relata que “…trabaja para la firma “Transporte Panero” desde hace 9 a 10 años, relata el itinerario realizado desde que sale de la Localidad de San Francisco (Córdoba) repartiendo mercadería para dicha firma, las localidades que paró a descargar, que emprendió viaje a San Vicente (Misiones) ya con el camión vacío, parando en Alem a cargar combustible, como era de noche y llovía, paró en la localidad de Campo Viera, donde según, declara se le arrimó un auto Gol Azul, línea vieja, no vio la patente y que se le acercó un tipo que le dijo que se llamaba C., alto y gordito que le pregunta si quería hacerle un flete de cigarrillos y que le pagaba $ 3.500 y después de hablar un rato arreglaron y que más adelante le iban a cargar; seguí viaje y entre las localidades de A. delV. y 2 de Mayo, le estaba esperando el señor al costado de la ruta junto a otro más, el cual se encargó él de acomodar la mercadería, en la parte del chasis del Camión, la que taparon con un nylon negro, porque yo ni bajé de la cabina, llovía sin parar, luego siguió viaje hasta San Vicente….en su larga exposición y versión de los hechos relatados dijo ser inocente del hecho que se lo acusa…, que le cargaron la mercadería, que le dijeron que era cigarrillos, que él no miró cuando le cargaron las bolsas. Que viajaba con él el menor C.S.R., que es su ayudante para la descarga de mercaderías…”.-

Durante la celebración de la audiencia llevada a cabo, comparecieron los testigos citados, señores: C.L.S., V.A.B., N.V.S.R. y A.M. ALEGRE, Además, con la aquiescencia de las partes fueron incorporadas por su lectura las, piezas y elementos probatorios que lucen identificados en el acta de debate consistentes en: informe de fs-3/4, ordenes de patrulladle fs.7/8, acta de traslado de fs.09 y vta., acta de procedimiento compuesta de fs.10/11 y vta., constancia de resultado de test de orientación de fs.12, acta de notificación de detención y lectura Fecha de firma: 21/06/2017 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M. ROJAS DE BADARO , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.B.C., SECRETARIA DE CAMARA #24158665#181865441#20170621120819976 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes de derechos de fs.13 y vta., acta de constatación de identidad y requisa personal de fs.14 y vta., acta de pesaje de fs.15/16, acta de cierre y elevación de fs.31, acta de pesaje de fs.40/41, acta de fs.48, anexo fotográfico de fs.58/64, croquis de fs.65, informe de antecedentes de concepto y conducta de fs.89/97, informe de reincidencia de fs.120/123, pericia química de fs. 160/167, informe de concepto de M.P. de fs.180, informe de AFIP de fs.271, informe de Gendarmería de fs.274/275, 277 y 305/308, acta de destrucción de incineración del estupefaciente incautado de fs.283, pericia técnica de fs.284/294, R.N.°000100000711 de fecha 06/11/08 de fs.307, informe de fs.323/325, Hoja de Ruta Yerbatera de fs.306, informe socio-ambiental de fs.588/589; elementos reservados en Secretaría consistente en: Sobre identificado con letra “A” que guarda: fotocopia certificada de cédula de identificación del automotor N°296263355 y N°23880839, cédula de autorización para conducir N°02019771, hoja de ruta N°00292769 (O.D. y Y.), remito N°711, control fiscal N°575234, un remito de la Cooperativa yerbatera “San Vicente Ltda.” N°711, de fecha 06/11/08, ; un sobre identificado con letra “B”, que guarda: un recibo N°011564, de la Municipalidad de Monte Caseros, control Bromatológico “Vendedores Ambulantes”, a nombre de A.C., una moneda de diez pesos uruguayos, una moneda de cinco pesos uruguayos, una moneda de dos pesos uruguayos, una boleta de presupuesto de fecha 03/11/07 a nombre de “B.”, en cuyo dorso lleva la inscripción de caja de ahorro sucursal N°1030 cuenta:

104101956/3 P.D.V. (Aguijares), D.N.

  1. N°12.562.446, pesos $26.700, una boleta de Banco Nación –Monte Caseros- de fecha 03/11/08, por el importe de $26.700, una tarjeta telefónica de la empresa “Movistar” por la suma de $209, un pañuelo, un comprobante de tasa N°37434, de la Municipalidad de La Paz-

    Entre Rios; un sobre identificado con letra “C”, que guarda un teléfono celular marca “Nokia” modelo N95, código de barra 357676/251174/3, una batería marca “Nokia”

    modelo BL-6F de 3,7V chip de la empresa “Personal” N°89543-41120-35264-82373, un teléfono celular marca “Sony Ericson”, modelo J100a, código de barra N°999000458697,una batería “Sony Ericson” de 3,6 V, chip de la empresa “Personal” N°895434103087539275569, un cargado de celular para auto marca “Sony Ericson” Z520W800, un chip de la empresa “Personal” N°89543-41110-77187-

    34378, un cargador de celular para auto con la inscripción ”BLU”; un sobre identificado con letra “D”, que guarda: original de boleta de depósito por la suma en efectivo de $20.300, dieciocho sobres que guardan muestras y contramuestras de la sustancia secuestrada, una Libreta de Enrolamiento N°6.448.683, desglosada de fs.27, quedando todo ello incorporado a debate.-

    Que en oportunidad de formular su alegato, el señor F. por ante el Tribunal...

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