Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 22 de Junio de 2017, expediente FTU 023233/2015/TO01

Fecha de Resolución22 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN 23233/2015-Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: JENDY, RIOS SERRANO Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 San Miguel de Tucumán, 22 de junio de 2017.- AS AUTOS Y VISTOS:

Que vienen estos autos a despacho para resolver el recurso de reposición interpuesto por el Sr. Defensor Público Oficial a fs. 891/892 de la presente causa.-

CONSIDERANDO:

  1. Que el Sr. Defensor Público Oficial interpone recurso de reposición con apelación en subsidio, a fin de que se revoque por contrario imperio la providencia de fecha 07/06/2017 (fs. 869), y se haga lugar a la expulsión de J.R.S. el día 27 de julio de 2017.-

  2. Que al corrérsele vista del recurso al Sr. Fiscal General S., el mismo la contesta a fs. 894 y vta., considerando que no debe hacerse lugar al recurso de reposición interpuesto por la defensa de Jendy Ríos Serrano en contra del proveído de fecha 07/06/2017, que deniega el otorgamiento del extrañamiento, por carecer de amparo legal, ya que el penado no cumple con el requisito de la mitad de la condena en la fecha en que lo solicita su defensor, requisito legal expreso, sino en fecha 27 de agosto de 2017.-

    Fecha de firma: 22/06/2017 Alta en sistema: 26/06/2017 Firmado por: DR. C.E.I.J.M. , JUEZ DE EJECUCION PENAL Firmado(ante mi) por: DR. J.E.D., SECRETARIO DE EJECUCION PENAL #28563747#181920446#20170621124656332

  3. Que a efectos de arrojar claridad sobre la materia del recurso, ha de decirse, como primera medida, que el beneficio previsto por el art. 140 de la ley 24660 y el extrañamiento, normado por el art. 64 inc. a) de la ley 25871, tienen naturaleza jurídica y finalidades diferentes y responden a razones de política criminal y penitenciaria diversa.

    En primer lugar, debe predicarse que la reducción temporal del art.

    140 tiene como fin generar en el interno un aliciente para la formación educativa, ya sea primaria, secundaria, universitaria o terciaria o profesional, que en todo caso produzca una amplitud de posibilidades en vistas a la reinserción social y laboral futura y utiliza como mecanismo la reducción de plazos para avanzar en el sistema de progresión de etapas que la ley prevé. Es decir, que la mentada reducción sólo lo es a los efectos de avanzar en el sistema progresivo de ejecución de la pena, para poder empezar a gozar antes del tiempo legal de los beneficios que cada etapa tiene. Por lo tanto, es claro- y la ley se encarga de apuntarlo expresamente- que mediante estas...

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