Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2, 8 de Mayo de 2017, expediente CFP 018669/2016/TO01

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CFP 18669/2016/TO1 Buenos Aires, 8 de mayo de 2017.

AUTOS:

Para resolver en el presente Legajo de ejecución de condena de efectivo cumplimiento de D.E.R.A., registrado ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°

2 bajo el nro de causa 2663, sobre la competencia del tribunal de ejecución que deberá entender en la condena dictada por un triibunal extranjero respecto de D.E.R.Á. (argentino, titular del DNI n° 13.081.172, Pasaporte español n°

XD011224, nacido en Buenos Aires el 5 de enero de 1957, hijo de E.O.R. y M.O.Á.).-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, con fecha 5 de junio de 2013, D.E.R.Á. fue condenado, mediante Sentencia nro. 40/13 dictada por la Sección Primera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional de Madrid, del Reino de España, en el Sumario 40/11 del Juzgado Central de Instrucción n° 2, R° de Sala 80/11, a la pena de diez (10) años de prisión, multa de 8.256.000 euros, con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, por considerarlo autor responsable de “un delito contra la salud pública de sustancia que causa grave daño a la salud, en cantidad de notoria importancia, cometido por organización”.-

  2. Que habiéndose declarado la firmeza de la mencionada sentencia con fecha 12 de junio de 2014 y, dictándose Decreto de Ejecución con fecha 23 de julio de 2014, el Fecha de firma: 08/05/2017 Alta en sistema: 19/06/2017 Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.B., SECRETARIO DE JUZGADO #29313533#178136914#20170509114641916 causante – quien se halla detenido desde el 19 de junio de 2011 en el Establecimiento Penitenciario Zuera-Zaragoza de España-

    solicitó, con fecha 28 de abril de 2015, el cumplimiento de lo que resta de su condena en la República Argentina, en base a lo dispuesto en el Tratado entre el Reino de España y la República Argentina sobre traslado de condenados, aprobado por la Ley 24.036 (v. fs. 10).-

  3. Que de la liquidación de condena surge que la pena impuesta al nombrado vencerá el día 26 de junio de 2021 y habiéndose formado el Expediente n° S04:0048032/2015 del registro del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; comprobada la nacionalidad argentina del causante; reunidos los requisitos exigidos por el Tratado entre los Gobiernos de la República Argentina y el reino de España, aprobado por la Ley 24.036 y por la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal n° 24.767, de aplicación supletoria en...

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