Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 15 de Marzo de 2017, expediente CCC 011347/2016/TO01

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11347/2016/TO1 Buenos Aires, 15 de marzo de 2017.

Y VISTA:

Esta causa n° 11.347/2016 (int. 4416 -A-), seguida a L.J.O. (argentino, nacido el 1° de julio de 1982, en Avellaneda, Pcia. de Buenos Aires, DNI n° 30.405.052, hijo de O.R.O. y de Z.E.R., L. n° 308.504 de la PFA, con domicilio real en La Torcaza n° 1193, entre Bolívar y F., barrio S.J., Adrogué, Pcias. de Buenos Aires).

Con el fin de emitir el presente veredicto, se constituyó

el Dr. M.A., conforme lo previsto por los arts. 8 y 28 de la ley n° 27.308, con la actuación del S., Dr. A.B..

Tratadas las cuestiones objeto de juicio y de acuerdo a lo establecido por los arts. 396, 398, 399 y 400 del Cód. Procesal Penal de la Nación, el suscripto RESUELVE:

  1. CONDENAR a L.J.O., cuyas condiciones personales obran en autos, a la PENA de UN AÑO y ONCE MESES de PRISIÓN, CUYA EJECUCIÓN SE DEJA EN SUSPENSO y costas, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de robo de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa (arts. 26, 29 inc. 3°, 42, 45 y 167 inc. 4° en función del art. 163 inc. 6° del Código Penal).

  2. IMPONER a L.J.O. durante el plazo de DOS AÑOS la obligación de fijar residencia y someterse a la supervisión del Patronato de Liberados que corresponda a su domicilio; y por el plazo de UN AÑO, la realización de tareas comunitarias en la sede de Cáritas más cercana a su domicilio, por un total de 96 horas, a razón de 8 horas mensuales (art.

    Fecha de firma: 15/03/2017 27 bis incs. 1° y 8° del Código Penal).

    Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #28110404#173998869#20170315145626051

  3. FIJAR la audiencia del 22 de marzo de 2017, a las 13.00 horas, para la lectura integral de los fundamentos (arts. 396, 398, 399, 400 y 403 del CPPN).

    N. en la fecha.

    nac M.A. JUEZ Ante mí:

    A.B. SECRETARIO En la misma fecha, siendo las 13.00 horas, se dio íntegra lectura del veredicto que antecede en la sala de audiencias del tribunal, quedando las partes y el...

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