Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN, 20 de Octubre de 2016, expediente FGR 013299/2015/TO01

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN 13299/2015 NEUQUÉN, 19 de octubre de 2016.-

VISTOS:

Los autos caratulados “SALINAS, O.R. s/

Infracción Ley 23.737”, E.. FGR – N° 13299/2015/TO1, en trámite por ante este Tribunal, y CONSIDERANDO:

  1. - Que, llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Cuerpo en virtud del decreto de elevación a juicio dictado por la titular del Juzgado Federal de la ciudad de Zapala – Dra. M.S.D. - en fecha 17 de agosto de 2016 ( fs. 135 ), respecto de O.R.S., en orden al delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización ( Artículo 5 – inciso c – Ley 23.737 ) en calidad de autor ( Artículo 45 del Código Penal ).-

  2. - Que, en la instancia procesal regulada por el Artículo 354 del Código de forma, el representante del Ministerio Público Fiscal – Dr. W.E.R. -, opuso la nulidad de la orden de allanamiento dispuesta por la Sra.

    Jueza Federal de la ciudad de Zapala en tanto, a su entender, carece del requisito de motivación suficiente exigido por los Artículos 123 y 224 – primer párrafo – del citado cuerpo normativo.-

    En abono del planteo, el Sr. Fiscal General expresó ( fs. 168/171 ):

    - Las presentes actuaciones se iniciaron en fecha 24 de julio de 2015 a raíz de un llamado recibido en el Fecha de firma: 20/10/2016 Firmado por: E.K., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.W.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.C., SECRETARIO DE CAMARA #28797046#164884403#20161020084619485 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Comando Radioeléctrico Zapala, mediante el cual una persona que se identificó como “S.” solicitó intervención policial por un incidente familiar en su domicilio … Asimismo se acercó una persona al destacamento policial del barrio …

    - Así fue que personal de la Brigada de Investigaciones Zapala … se presentó en el domicilio en cuestión … ingresó a la vivienda a requerimiento de S., quien refirió al personal policial haber discutido y peleado con su pareja R.D.T. – quien se encontraba en el lugar, así como también una menor de edad, de 7 años -. Se desprende de la constancia de fs. 1 que ambos continuaron agrediéndose frente al personal policial, quien intentó

    dialogar con ambos infructuosamente y que se hizo presente personal de la Comisaría del Menor y la M., quien retiró de la vivienda a la menor y la puso a resguardo.-

    - … que luego de ello el O.I.F.A. advirtió que S. y T. forcejeaban por la tenencia de una mochila infantil color rosa y que el primero logró apoderarse de ella, luego de lo cual mientras que el personal retiraba del interior a T. para resguardar su integridad física, se dirigió a una de las habitaciones de la vivienda, llevando consigo la mochila. Dicho hecho llamó la atención del efectivo, quien lo siguió y observó que S., una vez en el interior de uno de los dormitorios de la vivienda, sacó del interior de la mochila una lata metálica y la colocó en el interior de un armario.-

    - Finalmente se desprende de la constancia de fs. 1 que luego de la situación narrada, A. condujo a S. hacia el living-comedor, donde quedó con custodia Fecha de firma: 20/10/2016 Firmado por: E.K., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.W.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.C., SECRETARIO DE CAMARA #28797046#164884403#20161020084619485 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación policial y requirió la presencia de personal de la Brigada, ante la presunción de que podía haber oculto algún tipo de estupefaciente. Asimismo se solicitó al Juzgado Federal de Zapala se librara orden de allanamiento de la vivienda.-

    - Así es que a foja siguiente, la magistrada a cargo del Juzgado Federal de Zapala resolvió “… que se cuenta con elementos suficientes para presumir que en el domicilio de los nombrados podrían existir elementos que permitirían determinar la existencia de sustancias estupefacientes resultando por ello necesario, a efectos de corroborar la sospecha que se tiene, proceder al urgente allanamiento del mismo, conforme lo establecido en el artículo...

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