Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 21 de Noviembre de 2016, expediente FSA 010177/2013/TO01

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA 10177/2013 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ZARATE, E.J. Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 En la ciudad de Salta, a los días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis, reunidos los Señores Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, integrado por los doctores F.S.D., M.M.J.A., y M.L.S., bajo la presidencia del primero de los nombrados, y con la asistencia de la Secretaria M.A.F., a fin de dictar Sentencia en la causa Nº FSA-10.177/2013/TO1 caratulada “ZÁRATE, E.J.; CLARO, H.G.; PERDIGUERA, E.A.; CONTRERAS, J.; POGONZA, M.R. s/ Infracción a la ley 23.737”, en la cual se encuentran como imputados H.G.C., alias “Chato”, con instrucción, argentino, cuarenta y cinco años de edad, hijo de G.C. y de A.A., nacido en la localidad de Salvador Mazza, Provincia de Salta el día 12 de Mayo de 1.971, casado, changarín, con domicilio real en calle Balcarce al final Barrio 1º de Mayo, Sector 4, de la localidad de Salvador Mazza, Provincia de Salta, titular del Documento Nacional de Identidad Nº

22.097.385; E.A.P., alias “F.”, con instrucción, argentino, veinticinco años de edad, hijo de N.R.A., nacido en la ciudad de Salta el día 19 de Abril de 1.991, en concubinato, albañil, con domicilio en la calle P. de Valdivia Nº 545, Barrio 20 de Junio, de la ciudad de Salta, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 36.047.882; E.J.Z., alias “Y.”, con instrucción, argentino, veintiocho años de edad, hijo de R.R.Z. y de A.C., nacido en la ciudad de Tartagal, Provincia de Salta el día 11 de Diciembre de 1.987, Fecha de firma: 21/11/2016 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F. , SECRETARIA DE JUZGADO #27928469#167125793#20161121095222525 soltero, técnico en celulares, con domicilio en el Barrio Armada Argentina, calle F.L. s/nM.A., casa 08 de la localidad de Salvador Mazza, Provincia de Salta, titular del Documento Nacional de Identidad Nº

33.492.099; J.J.C., alias “Diablo Echeverry”, con instrucción, argentino, treinta y siete años de edad, hijo de P.H.A. y de A.F.C., nacido en la localidad de Aguaray, Provincia de Salta el día 04 de Noviembre de 1.979, en concubinato, trabajador independiente, con domicilio en la calle M.C. s/nB.F. de la localidad de Salvador Mazza, Provincia de Salta, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 18.795.162; y M.R.P., alias “Flaca”, con instrucción, argentina, treinta y ocho años de edad, hija de T.A.E. y de M.C.P., nacida el día 19 de Marzo de 1.978 en la ciudad de Salta Capital, Provincia de Salta, soltera, peluquera, con domicilio en la calle R.L.N. 471 de V.J., ciudad de Salta, Provincia de Salta, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 26.713.466. Intervienen como representante del Ministerio Público Fiscal, el S.F. General F.S.S., y como abogados defensores la D.M.D.R. por el imputado Z.; y los Defensores Oficiales Doctores M.B.R. y O.T. delC. por el resto de los encartados.

CONSIDERANDO Que, en miras a una mejor disposición metodológica las cuestiones a tratar serán las siguientes:

I) Plataforma Fáctica;

II) Análisis de la descripción de los hechos;

III) Análisis del reconocimiento de los hechos y de la responsabilidad;

IV) Análisis de la calificación de los hechos y

V) Análisis de las penas solicitadas.

Fecha de firma: 21/11/2016 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F. , SECRETARIA DE JUZGADO #27928469#167125793#20161121095222525 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA

I) Plataforma fáctica.

  1. Las presentes actuaciones se iniciaron el día 10 de Octubre de 2.013, en oportunidad en que personal de la División de Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Salta realizaba tareas de prevención en inmediaciones del Barrio 26 de Marzo de la ciudad de Salta, Provincia de Salta, cuando se entrevistaron con una persona de sexo masculino -quien no aportó datos filiatorios por temor-, quien manifestó que tenía conocimiento de que algunas personas estarían transportando sustancia estupefaciente en la modalidad de ladrillos de pasta base, provenientes de Bolivia hacia la ciudad de Salta, expresando que el paso sería por la localidad de Salvador Mazza, Provincia de Salta, y que el encargado de transportar la droga sería una tal “Diablo”, que como característica personal individualizadora poseía dentadura de plata.

    Narró este sujeto que junto a él llegarían del Norte otras personas en vehículos transportando la sustancia ilegal, y que una vez en la ciudad de Salta, pararían en un inmueble del Barrio 20 de Junio de propiedad de una persona de sexo femenino de apellido Pogonza; relató que también se hospedarían en hoteles de la ciudad de Salta donde contratarían a un masculino encargado de distribuir la sustancia en diferentes barrios de la ciudad; que una vez vendida la droga, y recaudado el dinero, regresarían al Norte provincial.

    Debido a ello, conforme con los datos aportados se supo que P. sería M.R.P., quien tenía antecedentes en la División de Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Salta, y que viviría en la calle R.L.N. 471 de V.J., ciudad de Salta, Fecha de firma: 21/11/2016 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F. , SECRETARIA DE JUZGADO #27928469#167125793#20161121095222525 Provincia de Salta. También se supo que se encontraría cumpliendo prisión domiciliaria en el Asentamiento 6 de Septiembre, de la ciudad de Salta.

    Se obtuvo el número del teléfono celular de Pogonza (0387-

    155883590); lográndose determinar que el tal “Diablo”, sería J.J.C. alias “D.E.”, quien supuestamente dirigiría una organización delictiva dedicada al narcotráfico desde Bolivia con el fin de ingresar estupefacientes al país, y que residiría en un domicilio ubicado en la calle M.C. -entre Córdoba y Corrientes- del Barrio Ferroviario de la localidad de Salvador Mazza, Provincia de Salta. Pudo saberse que este sujeto también se haría llamar “J. de la Cruz”; y que a su vez tendría un inmueble alquilado en un asentamiento denominado Finca de T..

    En cuanto a su modo operativo se supo que una vez adquirida la droga, C. contaba con personas que realizaban el transporte con mochilas por caminos alternativos, utilizando un puesto de animales de su propiedad ubicado en la frontera denominado “Paraje Campo Largo” en la localidad de Acambuco; o, en su defecto, transportaba el material estupefaciente a pie hasta la Quebrada de la V. de la Peña donde se hacían las entregas. El nombrado registraba antecedentes por infracción a la Ley Nº 23.737; pudiendo conocerse su número de teléfono celular (03873644127).

    A raíz de las tareas de investigación, y especialmente en atención a su resultado, se solicitó la intervención telefónica de los números mencionados (pertenecientes a Pogonza y Contreras). Así, una vez dada la intervención a la autoridad judicial competente, y habiéndose corrido vista al Fiscal Federal de los informes de la preventora, éste solicitó que se ordenase la intervención requerida, librándose la orden judicial al respecto, disponiéndose la intervención telefónica de los abonados de Pogonza y C., y la Fecha de firma: 21/11/2016 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F. , SECRETARIA DE JUZGADO #27928469#167125793#20161121095222525 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA prórroga de la jurisdicción con respecto al Juzgado de Orán en relación con este último.

    A fojas 20/26 de las actuaciones se incorporó un informe remitido por la Policía de la Provincia de Salta, División Reunión y Análisis, dando cuenta que en fecha 28 de Noviembre de 2.013 se inició la intervención de la línea de Pogonza -por el término de quince días-, solicitando después la prórroga por treinta días más, tanto de esa línea como de la de Contreras, en atención a que se habrían escuchado llamadas de interés.

    A fojas 34/41 se incorporó el detalle de la línea de Contreras, denunciando el personal policial que éste tendría otro número telefónico, requiriendo, en consecuencia, la intervención por el plazo de treinta días del nuevo número obtenido. A fojas 44/62 se agregó un informe detallado de las transcripciones de las intervenciones telefónicas ordenadas en autos, siempre obteniéndose diálogos de interés para la causa.

    A fojas 132/133 obra un informe producto de las operaciones de vigilancia en el domicilio de Pogonza, donde se advierte que se observó el arribo de un automóvil Gol Blanco Domino colocado EGL 029, conducido por una persona de sexo masculino, el que luego emprendió un viaje hacia otro inmueble sito en Manzana 307 A, L. 14 del barrio San Benito, de la ciudad de Salta descendiendo en el mismo dos bolsas tipo de arpillera de gran tamaño, para volver nuevamente al domicilio de Pogonza.

    A fojas 138/140 se agregó un informe del que surge que de las conversaciones telefónicas de Pogonza con un tal “H.”, éste le habría avisado que llegarían personas del Norte con mercadería en dos automóviles, un Fiat Siena y un Chevrolet Corsa, y que un tal “Ema”

    resguardaría los elementos para su posterior venta. Se pudo escuchar que ese tal “H.” recibiría el dinero para entregárselo a J.C. en Fecha de firma: 21/11/2016 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F. , SECRETARIA DE JUZGADO #27928469#167125793#20161121095222525 la localidad de Salvador Mazza donde este último residiría; también que el automóvil Fiat Siena -donde viajaría C.- haría de puntero.

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