Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 28 de Septiembre de 2016, expediente FPO 006743/2015/TO01

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 6743/2015/TO1 En la ciudad de Posadas, capital de la Provincia de Misiones, a veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis, reunidos para deliberar los Sres. Jueces de Cámara integrantes del Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, D.. MARIO HACHIRO DOI, ejerciendo la Presidencia, M.A.J.M. y N.L., asistidos por la Actuaria, Dra. V.M.C., con el objeto de dictar sentencia de conformidad con las disposiciones sobre el juicio abreviado contenidas en el art. 431 bis del C.P.P.N. -incorporado por Ley Nº 24.825-, en expediente FPO N° 6743/2015/TO1, caratulado:

CABALLERO IREPA, O.D.S./ INFRACCIÓN LEY Nº 22.415

, del registro de este Tribunal, con respecto a: O.D.C.I., de nacionalidad paraguaya, titular del C.

  1. (Py) Nº 5.093.017, de estado civil soltero, de ocupación vendedor, con instrucción primaria completa, con 26 años de edad, nacido en Encarnación, departamento de Itapúa, república del Paraguay, el 1º de noviembre de 1990, hijo de I.C. y de M.B.I., con último domicilio en calle L.C., Barrio San Roque, Encarnación, república del Paraguay, alojado actualmente en el Unidad Nº 17 “CANDELARIA” del Servicio Penitenciario Federal, en calidad de procesado y cumpliendo prisión preventiva por el delito de CONTRABANDO DE IMPORTACIÓN DE ESTUPEFACIENTES AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, arts. 863, 864 inc. “d”, 866 segundo párrafo, y 871, todos del Código Aduanero (Ley 22.415), en calidad de AUTOR (fs. 105/108), habiendo quedado enmarcada la plataforma fáctica de la siguiente manera:

    El hecho tuvo lugar el día 19 de octubre del año 2.015, siendo aproximadamente las 18:15 horas, cuando personal de AFIP-DGA, que se encontraba de servicio en el Puente Internacional “San Roque González de Santa Cruz”, procedió al control de un automóvil, marca CHEVROLET, modelo S10 4X4, doble cabina, de color blanco, con dominio paraguayo colocado ADY-618, el cual era conducido por O.D.C.I., en momentos en que el mismo arribó al carril Nº 2, de entrada al país, proveniente de la ciudad de Encarnación-Paraguay.-

    En tal circunstancia, siendo atendido por el personal aduanero R.L.B., quien le solicitó al conductor del rodado en cuestión la documentación del vehículo, observó que la misma correspondía a la titularidad del Sr. R.A.C.E., el conductor mencionado además de no ser el titular del vehículo, presentó un contrato notarial de Compraventa, careciendo de una Autorización de manejo, y que Fecha de firma: 28/09/2016 del interior del rodado emanaba un olor muy intenso, razón por la cual, se lo Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.M.C., SECRETARIA #27952750#162525545#20160926125232133 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

    TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 6743/2015/TO1 envío al conductor y vehículo al sector de dársena con la finalidad de efectuar una revisión más exhaustiva.-

    Una vez allí, se le solicitó al conductor que apague el rodado, que descienda del mismo y abra las puertas, procediendo al control del asiento trasero, dado que el mismo se encontraba suelto. Al volcar el respaldo dejó a la vista un chapón con un orificio tipo ventana, todo cubierto por una alfombra, en su interior se hallaron paquetes de color marrón claro, similares por sus características a los ladrillos de marihuana, razón por la cual se trasladó el vehículo al camión escáner y se procedió al escaneo del mismo, resultando de la imagen, la clara visualización de varios rectángulos que diferían de las imágenes convencionales de un vehículo, en la zona del torpedo-panel instrumental un doble fondo construido exprofeso, donde se hallaron los paquetes tipo ladrillos de marihuana.

    Es así, que en presencia de testigos civiles hábiles, convocados al efecto, y del chofer del vehículo, se procedió a la extracción de los mismos, los que contabilizados arrojaron un TOTAL DE CINCUENTA Y CINCO (55) PAQUETES, con un peso total de CUARENTA Y SIETE KILOS Y NOVECIENTOS GRAMOS (47,900 kgrs.). Realizada la prueba de orientación narcotest, la misma arrojó resultado positivo para la variedad Cannabis Sativa (marihuana) -

    Como resultado del procedimiento, se detuvo en carácter de incomunicado a O.D.C.I. y se ordenó el secuestro de la totalidad del estupefaciente hallado, del rodado en cuestión y de los elementos de prueba -descriptos a fs.1/3 de autos.

    A fs. 76/78 obra el auto de procesamiento con prisión preventiva respecto de O.D.C.I., por el delito de Contrabando de Importación de Estupefaciente Calificado en Grado de Tentativa (arts. 863, 864, inciso “d”, 866 segundo párrafo y 871 del Código Aduanero, ley 22.415).

    A fs. 105/108 obra la requisitoria fiscal por la que fue elevada la causa a juicio, y decreto de elevación a juicio de fs. 121, respecto del nombrado.-

    Sobre la base de los sucesos detallados precedentemente, a fs. 198 y vta., la señora F. General ante el Tribunal Oral Dra. V.A.B., acordó con el acusado solicitar que esta causa prosiguiera por la vía del trámite de Juicio Abreviado; acuerdo en que el imputado no cuestionó la existencia del hecho y su calidad de delictivo, reconociendo a la vez su participación en el mismo en calidad de autor Fecha de firma: 28/09/2016 estando conforme también doloso, con la calificación legal asignada al Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.M.C., SECRETARIA #27952750#162525545#20160926125232133 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la...

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