Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA, 27 de Junio de 2016, expediente FPA 011009064/2010/TO01

Fecha de Resolución27 de Junio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

RESOLUCIÓN Nº 164/16 Paraná, 27 de junio de 2016 VISTOS:

El pedido formulado a fs. 698 y vto. por el defensor técnico Dr. O.V.V., en la Causa FPA Nº 11009064/2010/TO1 caratulada “ALVA, S.B. y otros s/Infracción Ley 22.362”, requiriendo la aplicación del instituto regulado por el art. 76 bis del Código Penal a favor de su defendida, Y CONSIDERANDO:

I) Que, en la audiencia de suspensión del juicio a prueba celebrada el día 24/06/2016, conforme las prescripciones del art. 293 del CPPN, con la presencia de la imputada asistida por el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. Mario R.

Franchi, fueron ratificados los términos del escrito de marras, luego de su lectura por la Señora Secretaria. En él se invocó la procedencia del beneficio interesado atento la falta de antecedentes penales de la procesada (cfr. informes del RNR de fs. 506) como la escala penal prevista para los delitos que, en concurso ideal, le fueran atribuidos –art. 31 inciso “d”, Ley 22.362 y art. 72 bis inciso “d”, Ley 11.723-

en la requisitoria de elevación a juicio obrante a fs. 650/654 vto, el que conforme las circunstancias del caso viabilizan la hipótesis de que, en el supuesto de recaer condena, ésta sería de cumplimiento condicional.

Asimismo, el escrito motivante, la defensa dejó ofrecida, como regla de conducta, la realización de tareas no remuneradas a favor de la Asesoría Letrada de la Municipalidad de Diamante y, a título de resarcimiento económico, ofreció

abonar la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000,ºº), en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 1.000,ºº cada una, a favor de una institución de bien público de la ciudad de su residencia.

A fs. 710/711, el Sr. Fiscal General, Dr. J.I.C., conformó

el pedido de la defensa y brindó su consentimiento para la suspensión del juicio a prueba en favor de la imputada A. por el término de un (1) año con prestación –

a título de regla de conducta- de trabajos comunitarios a favor de la entidad ofrecida, aceptando asimismo la retribución económica que ofrece de $ 3.000,ºº.

Fecha de firma: 27/06/2016 Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA 1 #28059709#156462201#20160628134346505

II) En el transcurso de la audiencia de visu celebrada, se interrogó por Presidencia a la imputada A. sobre sus datos personales, explicándole detalladamente los alcances y beneficios de la aplicación del instituto, así como los compromisos que asumiría si se acogiera el pedido, luego de lo cual la procesada ratificó en forma expresa la solicitud de suspensión del juicio a prueba interesada por su defensa...

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