Prepagas en alerta por una resolución que abre la puerta al ingreso de funcionarios en las empresas

La Superintendencia de Servicios de Salud ordena una categorización de las prepagas

La resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud, que ordena a las empresas de medicina prepaga brindar información sobre su operación y anotarse dentro de tres categorías que tipificó, cayó como un balde de agua fría en las prepagas, que rechazaron la medida y afirmaron que la intención final de esta regulación es introducir un funcionario del Gobierno dentro de sus compañías .

Según contaron fuentes del sector, las prepagas se enteraron de la novedad al leer, el martes pasado, la Resolución 1950/2021 publicada en el Boletín Oficial. " Es una falta de respeto para con un sector como el nuestro, que trabajó tan bien durante dos años de pandemia, que se saque una normativa así, sin consenso, sin aviso, sin un llamado telefónico o una reunión previa . Esto nos parece muy raro", comentaron.

La resolución en cuestión ordena a las empresas proporcionar la información actualizada correspondiente a la totalidad de sus planes de cobertura total y parcial, cartillas, padrón de usuarios, cuotas percibidas y cuota promedio, balance, etcétera. Esta deberá ser presentada a través de los canales pertinentes ya dispuestos previamente, de acuerdo con la normativa vigente.

Asimismo, establece una tipificación, en la que las prepagas deberán incluirse. Allí se detallan tres tipos: el A, que lo integrarán las entidades que cumplan los siguientes requisitos: 1. Brinden al menos un plan de cobertura integral en los términos del artículo 7º, primer párrafo, de la Ley Nº 26.682; 2. Cuenten con más de CINCUENTA MIL (50.000) usuarios; 3. Su cápita promedio por usuario resulte igual o superior a PESOS CUATRO MIL ($4000), valor que será actualizado en la misma proporción y oportunidades en que se hagan efectivos los aumentos de cuotas de los planes prestacionales autorizados en función del artículo 17 de la Ley Nº 26.682. El B, que lo integrarán las entidades que cumplan con el requisito del numeral 1 del inciso anterior, pero no con los restantes requisitos. El C, que estará integrado por las entidades que no cumplan los requisitos de los tipos anteriores.

Respecto del pedido de información, fuentes del sector de la medicina prepaga dijeron que les resulta extraño que se les solicite algo que ya están informando por ley todos los meses. " Todas...

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