Planilla Nro.: 618

Fecha de publicación01 Julio 2008
Fecha de disposición01 Julio 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31437

En atención al resultado negativo de la constatación realizada por personal de la Delegación Lomas de Zamora de la P.F.A.; ordénese la publicación en el Boletín Oficial de edictos durante el término de cinco días, que LIN DEHONG, deberá comparecer por ante este Tribunal dentro del quinto día de notificado a efectos de prestar declaración indagatoria a tenor de lo dispuesto en el art. 294 del C.P.P., bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de librar una orden de averiguación de de paradero y notificación a su respecto. A tal fin, líbrese oficio.' FDO. NORBERTO OYARBIDE.

JUEZ FEDERAL. ANTE MI: CARLOS LEIVA. SECRETARIO.

e. 25/06/2008 Nº 580.454 v. 01/07/2008 El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 5 de Capital Federal, a cargo del Dr. Mario Norberto Oyarbide, Secretaría Nº 9, a cargo del Dr. Carlos R. Leiva, cita y emplaza a Flores Elías Jaime Ruben, con último domicilio conocido en Pedernera 622 de la localidad de Avellaneda, provincia de Buenos Aires, de nacionalidad peruana, titular del pasaporte 199645, nacido el día 7 de mayo de 1976 en la ciudad de Lima, República del Perú, hijo de Rubén Jaime Flores Rodríguez y de Isabel Elvira Elías Muñoz, de estado civil soltero, de ocupación changarín, dentro del término de cinco días a contar desde la última publicación del presente, a fin de que comparezca a este Juzgado, sito en la Avda. Comodoro Py 2002, Piso 3º, en la causa nro. 17574/06 caratulada 'Flores Elias Jaime Rubén s/ Falsificación de documento destinado a acreditar la identidad', bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su inmediata detención en caso de incomparecencia injustificada. Para mayor ilustración se transcribe el auto que así lo ordena: '///nos Aires, 17 de junio de 2008. siendo que surge de la constancia de fs. 87/88, que Elias Jaime Rubén Flores, se habría mudado, desconociendose su actual paradero, cíteselo mediante edictos a publicarse durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de hacerle saber que deberá comparecer a los estrados del Tribunal dentro del quinto día, a contar desde la fecha de la última publicación, a los efectos de prestar declaración indagatoria a tenor de lo dispuesto en el art. 294 del C.P.P.N, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en la presente causa y decretarse su detención en caso de inasistencia injustificada. Líbrese oficio.' FDO.

NORBERTO M. OYARBIDE. JUEZ FEDERAL.

ANTE MI: CARLOS R. LEIVA. SECRETARIO.

e. 25/06/2008 Nº 580.453 v. 01/07/2008...

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