Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 20 de Octubre de 2023, expediente FMP 012351/2021/CA001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

PEREZ, R.O. c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES;

12351/2021

SA ///del plata,

AUTOS Y VISTO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de las presentes actuaciones surge que el Sr.

P.R.O. adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, teniendo como fecha inicial de pago el día 22/01

2020.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar el recalculo del haber inicial, el tratamiento de aplicación del precedente “Spampinato”, la tasa de interés aplicada, la exención del impuesto a las ganancias y el diferimiento del tratamiento de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463.-

A partir de lo expuesto, en cuanto a la tasa de interés aplicada,

siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “LAYA,

G.A. c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES,

'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 022553/2019/CA001

Fecha: 26/12/2022, entre otros, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

En relación al planteo de la demandada solicitando para los aportes autónomos la aplicación del precedente “S.G. c/

ANSeS s/ Reajuste de Haberes” de la CFSS Sala III, sentencia del 3 de septiembre de 2012, toda vez que la ley prevé la regularización de aportes a partir de una contraprestación a cargo del contribuyente, renta que merece ser actualizada en su justa proporción, sin perjuicio de la extemporaneidad Fecha de firma: 20/10/2023

Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B., CONJUEZ

Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA

del pago efectuado por la parte actora acogiéndose a la Moratoria prevista en la ley 24.476, por lo que corresponde revocar la sentencia en este punto,

conforme lo resuelto por éste Tribunal en autos: “DOBIEGA, RICARDO

c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14

Materias Civiles' Clave: FMP 041050956/2011/CA001 Fecha: 29/06/2018.-

Ahora bien, en referencia al agravio planteado por la parte demandada en su memorial relacionado la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “GUIRAO

MARÍA c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14

Materias Civiles' Clave: FMP 022094054/2011/CA002 Fecha: 20/09/2021,

por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada,

debiendo confirmar lo decidido por el...

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