Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala II, 3 de Febrero de 2015, expediente FLP 061038144/2012/CA001

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2015
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II La Plata, 3 de febrero de 2015.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente Nº61038144/2014, caratulado “P., J.A. y Otros c/ Estado Nacional – Policía Federal Argentina s/ cobro de pesos/sumas de dinero”, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Junín.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ SCHIFFRIN DIJO:

  1. Llegan estos autos a la alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional, a fs.83, con expresión de agravios agregada a fs.97/102, contra la resolución de primera instancia de fs.70/78 vta.

    La sentencia atacada hizo lugar a la demanda promovida por J.A.P., G.A.A., D.M.T. y J.J.S. contra el Estado Nacional -Ministerio del Interior- Policía Federal Argentina y, en consecuencia, ordenó incorporar al sueldo de los actores, con carácter remuneratorio y bonificable, los suplementos objeto de la acción, creados por los decretos 2744/93 (código 282), nº1255/05 (272), nº1126/06, nº861/07, nº884/08 y nº752/09. También, dispuso que se proceda a abonar el monto retroactivo adeudado, conforme lo establecido en sus considerandos. Impuso las costas a la demandada vencida y reguló los honorarios profesionales.

  2. Cabe señalar que esta causa fue iniciada por los actores con el objeto de obtener el reconocimiento judicial del carácter remuneratorio y bonificable de diversos adicionales que componen su salario. Asimismo, como consecuencia de ello, también solicitaron el abono de las diferencias devengadas por la incorrecta liquidación de dichos suplementos.

    Fecha de firma: 03/02/2015 Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Como adelantamos, la pretensión actora obtuvo sentencia favorable. Y, en este sentido, el a quo se refirió al suplemento dispuesto por el decreto 2744/93, denominado “responsabilidad por cargo o función” (código 282), como también a los determinados con los códigos 289 (compensación inestabilidad de residencia) y 292 (asignación mensual no remunerativa).

    Estos últimos rubros habían sido creados por los decretos 2133/91 y 713/92 y, posteriormente, el decreto 103/2003 reconoció su carácter remunerativo y bonificable a partir del 1 de enero de 2003. En virtud de ello, el juzgador precisó los efectos particulares de este reconocimiento expreso respecto de la prescripción.

    Asimismo, la sentencia aludió a otros adicionales, tales como los establecidos por los decretos 1255/05 y 1126/06 y concordantes, entre los que se encuentran el que incluyó el decreto 861/07, el correspondiente al decreto 884/08 y, también, el del 752/09, que no son otra cosa que actualizaciones de los suplementos que venimos enunciando.

    Respecto de todos ellos, el a quo les asignó carácter remunerativo y bonificable y, en consecuencia, ordenó el pago de la suma retroactiva adeudada...

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