Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 27 de Septiembre de 2019, expediente FMP 001613/2016/CA001

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA PASCAL, P.E. c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES; 1613/2016 SR ///del plata, AUTOS Y VISTO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de autos surge que el Sr. P.P.E. adquirió

su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, teniendo como fecha de adquisición del derecho el día 17/11/2005.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar el recalculo de la PBU, la aplicación de los antecedentes “V.” y “M.” respecto de los aporte autónomos, el reajuste por movilidad, la aplicación del precedente “B.J. y la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de ley 24.463.-

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en los fallos: “DIYARIAN, A.S. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”

'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 041051750/2011/CA001 Fecha:

29/06/2018 y “RISSO JUAN CARMELO C/ ANSeS S/ REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011548/2011/CA001 Fecha:

09/02/2017, entre otros, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en: “V., L.M. s/ Jubilación", Fecha 28/03/85.”, “M., Simón c/ ANSeS s/Inconstitucionalidad ley 24.463, Fecha 20/05/2003. (M. 427. XXXVI R.O.), (B. 675. XLI), “B.A.V.(.6.. XLI), “Cirillo” (C. 1074. XLIV), “Elliff” (Fallos: 332:1914) y “Q.C.A.C. S/REAJUSTES VARIOS”, Fecha 11/11/2014, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

Respecto al agravio referido al establecimiento de un suplemento de sustitutividad, cabe remitir a las consideraciones efectuadas por este Tribunal en los autos:

ECHEVERRÍA JUAN ALFREDO C/ ANSeS S/ REAJUSTE DE HABERES

Nro.

28970/2014, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 028970/2014/CA001 Fecha de firma: 27/09/2019 Alta en sistema: 08/10/2019 Fecha: 05/10/2018, que remite al fallo dictado recientemente por la CSJN, in re “B. Firmado por: DR. E.P.J., Juez de Cámara Firmado por: DR. A.O.T., Juez de Cámara #28080791#239795414#20190717103534915 G. c/ Anses s/ Previsional Ley 24.463” (12/06/2018). En consecuencia, y por razones –reiteramos-...

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