Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 24 de Agosto de 2017, expediente CFP 016610/2016/4/CA002

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 16610/2016/4/CA2 CCCF-Sala 2 CFP 16610/2016/4/CA2 “P.R., F.s/ procesamiento y prisión preventiva”

Juzg n° 11 - Sec. n° 21 Buenos Aires, 24 de agosto de 2017.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. J.A.S.O., defensor particular de F.

(LA) P. R. (D.N.I 9.), contra la resolución que -en copias- luce a fs. 1/14 del presente, en cuanto decretó el procesamiento -con prisión preventiva- de la nombrada, por considerarla coautora del delito de comercialización de estupefacientes agravado por haber sido cometido mediante la intervención de tres o más personas organizadas (arts. 5, inciso “c” y 11, inciso "c" de la ley 23.737).

Asimismo, cabe señalar que al momento de fijarse la audiencia prevista en los términos del art. 454 del C.P.P.N, el Dr.

J.E.M.S. fue quien mantuvo el recurso interpuesto ante esta Alzada debido a que -tal como surge de fs. 21- asumió

recientemente la representación de la nombrada.

II- Como primera cuestión, cabe señalar que la presente se inició el pasado 8 de noviembre de 2016, a raíz de una denuncia receptada por correo electrónico en el Departamento de Sistemas Contra el Narcotráfico de la PFA, la que daba cuenta de la presunta venta de material estupefacientes por parte de dos personas del género transexual, de nacionalidad peruana sindicadas como K.P. o R.T. o R.J.T., quien residiría en la calle F. 6., piso n° 4, D.. “G” de esta ciudad y S.E.S., la cual habitaría en la A. J. 4. de esta ciudad (fs. 1 y 3).

Frente a ello, se ordenaron tareas de inteligencia a través del personal de la División Delitos Complejos de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, estableciéndose -en primer lugar- que el domicilio de la calle Florida era inexistente, mientras que en el restante, se comprobó

la comercialización de droga, por parte de S. E. (RS) S. Llagas (recientemente detenida y ya con procesamiento firme en autos), la encausada “F.” (LA) P.

Fecha de firma: 24/08/2017 Alta en sistema: 28/08/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Prosecretaria Letrada de Cámara #30183493#186533691#20170824104408607 R., K.P. (RJ)T. (quien aún permanece rebelde en estas actuaciones) y quien sería la pareja de esta última el cual aún no ha sido identificado (fs.

22, 66, 91 y 93/94, 95/96, 128, 129, 132...

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