Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 5 de Noviembre de 2019, expediente CNT 007956/2013/CA002

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 7.956/2013/CA2 SENTENCIA INTERLOCUTORIA.40999 AUTOS: “NUÑEZ, KARINA DEL CARMEN c/ MENZAGUI PHARMA S.A. Y OTRO s/ DESPIDO” (JUZGADO Nº 50).

Buenos Aires, 5 de NOVIEMBRE de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 348 por el Dr. M.C.N. contra los honorarios fijados a su favor la resolución de fs. 346, por considerarlos reducidos (concedido a fs. 349).

Y CONSIDERANDO:

Teniendo en cuenta que las normas utilizadas para la regulación de los honorarios no se encuentran cuestionadas, habrán de utilizarse las mismas para el tratamiento de los emolumentos apelados.

Al respecto, corresponde aplicar las disposiciones de la Ley 21.839, art. 38 Ley 18.345, art. 13 Ley 24.432 y demás pautas arancelarias.

De este modo, teniendo en cuenta la calidad y extensión de las tareas realizadas por la representación y patrocinio letrado de la parte actora, a partir de fs. 296 hasta el efectivo pago, el monto comprometido así como también las pautas arancelarias utilizadas en origen; los honorarios apelados son reducidos y, en consecuencia, se elevan a la suma de $ 25.000.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar los honorarios de la representación letrada de la parte actora a la...

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