Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 20 de Febrero de 2018, expediente CNT 010700/2014

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII Expediente nro. CNT 10700/2014/CA1 JUZGADO Nº46 AUTOS: "NICOTERA EZEQUIEL TOMAS c/ OCAMPO PROPIEDADES SA Y OTROS s/ DESPIDO"

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 del mes de febrero de 2018.-

VISTO:

El recurso de fs. 350/355 y; CONSIDERANDO:

  1. La señora Juez de grado, a fs. 349/vta.

    homologó el acuerdo conciliatorio arribado por las partes y reguló honorarios a favor de la perito contadora en la suma de $10.000.-, a cargo de la demandada.

    Disconforme con la regulación de sus honorarios, a fs. 350/355, apela la perito contadora.

  2. Cabe señalar que es obvio, a la luz de las constancias del expediente, que el acuerdo celebrado, equivale a una suma menor a la reclamada. El monto de la conciliación, no le puede ser oponible a la experta contable ya que no fue parte en ella.

    Sin perjuicio de ello, corresponde memorar que en la ley arancelaria, aparte del monto del juicio, existen un conjunto de pautas generales que constituye la guía permanente para lograr una retribución justa y razonable. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, sostiene que el artículo 38 de la L.O. contempla una facultad de ejercicio excepcional para regular honorarios en una suma inferior a las que resulten de la aplicación de los aranceles profesionales respectivos y que requiere apoyo en una resolución fundada (cfr. fallos 313:279), habiéndose introducido mediante la sanción de la Ley 24.432 (artículo 13) una Fecha de firma: 20/02/2018 Alta en sistema: 22/02/2018 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO #20570606#199105784#20180220114225395 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA VIII Expediente nro. CNT 10700/2014/CA1 norma de similar tenor, toda vez que...

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