Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL, 5 de Septiembre de 2019, expediente FCR 009780/2015/CA001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 9780/2015/CA1 “NAVARRO, Y.R. s/INFRACCION LEY 23.737

-RESOLUCION-

J.F.R.GRANDE.-

modoro R., 05 de septiembre de 2019.

VISTA:

La constitución del tribunal con el fin de fallar el expte. n° FCR

9780/2015/CA1, caratulado “NAVARRO, Y.R.s.. ley 23.737”, en trámite ante el

Juzgado Federal de 1ª Instancia de Río Grande, al haberse diferido en la audiencia celebrada el

19/10/19, la resolución referida a la prosecución o no de la presente instrucción seguida en contra de

Y.R.N., según lo autorizado por el art. 455, párrafo 2°, del C.P.P.N.

Y CONSIDERANDO:

I.– 1ª Instancia.

A fs. 41/vta. la entonces juez federal desestimó “las presentes

actuaciones por inexistencia de delito” (art. 180, C.P.P.N.) y dispuso “la destrucción mediante quema

de la sustancia estupefaciente secuestrada”, decisión la primera que el agente fiscal apeló a fs. 43/44

vta., concediéndose el recurso a fs. 68/vta.

II.– 2ª Instancia.

En esta instancia, a fs. 81, se celebró la audiencia establecida por el

art. 454 del C.P.P.N., compareciendo el fiscal general interino ante esta CFACR, ocasión en la que

asumió la posición reflejada en la grabación del audio registrado ese día.

Quedó así la causa en condiciones de ser resuelta.

III.– Objeto procesal.

Se atribuye a Y.R.N. (39) la detentación de 2,8973 y

1,7580 gr. –4,6553 gr. en total– de material vegetal correspondiente a plantas de cannabis sativa en

concentraciones del 1,28 y 1,36% de THC, aptos para preparar 9,31 cigarrillos de 0,5 gr. c/u., y un

envoltorio de nylon conteniendo 0,4727 gr. de sustancia polvorienta blanca correspondiente a

xilocaína, cafeína, azúcares reductores y 0,004727 gr. de clorhidrato de cocaína –1,00% de pureza–,

hecho detectado el 9/7/15, a partir de las 14.30 hs., con motivo del ingreso y registro por parte de los

agentes de la Cría. 1ª y División Policía Científica Río Grande de la Policía de la Pcia. de la Tierra del

Fuego del domicilio de N. en la calle P. n° 1265, de dicha ciudad fueguina,

practicados en el marco del Sumario de Prevención Policial n° 518/15–Cría.1ra.R.G.“J”, caratulado

Comisaría Primera s/Investigación

, con intervención del Juzgado de Instrucción n° 1 del Distrito

Judicial Norte del Poder Judicial de la Pcia. más austral del país.

En ese Sumario de Prevención se ventilaba el hecho de violencia

padecido aquel día por Y.R.N., consistente en el ingreso a su vivienda, a su

dormitorio específicamente, de 3 individuos del sexo masculino cuya voz reconoció, que le

propinaron puntazos y cortes en las piernas y cabeza con un elemento punzocortante y lo golpearon

Fecha de firma: 05/09/2019 Alta en sistema: 07/10/2019 Firmado por: H.L.C. DE HUBERMAN, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA #27262718#242996210#20190906114711443 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 9780/2015/CA1 “NAVARRO, Y.R. s/INFRACCION LEY 23.737

-RESOLUCION-

J.F.R.GRANDE.-

para luego retirarse robándole una Playstation, un teléfono celular...

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