Disposición Nº 305/GCABA/DGSPR/14
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 12 de Agosto de 2014 |
VISTO:
la Ley N° 1913 (B.O N° 2363) y N° 4808 (B.O N° 4306), los Decretos N° 446-
GCBA/2006 (B.O N° 2436), y N° 394-GCABA/2013 (B.O. N°4248), las Disposiciones
N° 495-DGSPR/2007, N° 417- DGSPR/2009 y 121-DGSPR/2012, y la Carpeta N° 36-
DGSPR/2007, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa APLICACIÓN TECNOLOGICA S.A. con domicilio real en la calle
Nicolás Repetto N° 3485, Planta Baja, Olivos, Provincia de Buenos Aires y constituido
en la calle Emilio Castro N° 6063, Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en
Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 495-
DGSPR/2007;
Que vencido el plazo de su última habilitación con fecha 07/05/2014 la interesada
solicito su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo
-
sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos d).
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 9° Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación
aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Agustín Patelli,
DNI N° 4.995.197, y como Responsable Técnico al señor Alejandro Carlos Junquet,
DNI N° 18.118.371, ambos en los términos del Art. 17° y 7°, respectivamente, de la
mencionada ley.
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
N° 1913 y por el Decreto N° 446- GCBA/2006 para concederle la renovación de su
habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías
peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo
período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba