Resolución Nº 101/GCABA/SSPUAI/14

FirmantesSábato
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura E Infraestructura
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2014

VISTO:

Las Leyes Nros. 93, 1.660 y 4.013, los Decretos Nros. 403/06, 1.149/06, 217/09,

609/10, 729/10, 660/2011,

668/11 y 250/12, la Resolución N° 1.020 - SSGYAF/09, el Expediente N° 15.603/08, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente tramitó la licitación y tramita la ejecución del

contrato de servicios de consultoría para la formulación de los proyectos ejecutivos y

de la documentación licitatoria de las obras que se prevé construir en las Cuencas de

la Ciudad de Buenos Aires que desaguan en el Riachuelo (Boca- Barracas, Elía,

Ochoa, Erézcano, Cildañez, Larrazabal-Escalada), incluyendo el estudio hidráulico del

Riachuelo, como medidas estructurales que resultan del Proyecto de Protección contra

Inundaciones (PPI), del cual se autorizó a participar a la Ciudad mediante la Ley N° 93;

Que la Ley N° 1.660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a

suscribir un Convenio de Préstamo con el BIRF para financiar el Programa de Gestión

de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires (PGRH), consistente en la ejecución

de las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo

Maldonado y medidas complementarias resultantes del PPI desarrollado en el marco

de la Ley N° 93 y denominadas Plan Director de Ordenamiento Hidráulico (PDOH),

que se describen en el Anexo I de la primera de las leyes citadas, encontrándose

previsto en ese anexo legal el componente denominado Medidas Estructurales, entre

las cuales se encuentra previsto llevar a nivel de proyecto ejecutivo los anteproyectos

de obra que forman parte del PDOH para el mejoramiento del drenaje en el resto de la

Ciudad;

Que el Decreto N° 403/GCBA/06 creó la Dirección General de Relaciones con el

Banco Mundial (DGRBM), estableciendo entre sus responsabilidades primarias las de

ejercer las facultades previstas por la ley N° 93 y su reglamentación para el PPI

(Préstamo BIRF 4.117-AR), las que serían también aplicables al PGRH aprobado por

la Ley N° 1.660 (Préstamo BIRF 7.289-AR);

Que el Decreto N° 1.149/GCBA/06 aprobó el Manual Operativo del PGRH, el cual

detalla las funciones, facultades, atribuciones y competencias con que contaba la

Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial, entonces unidad ejecutora del

proyecto, entre las cuales se encontraban las de elaborar los documentos requeridos

para llevar a cabo las adquisiciones y las contrataciones del programa y, por otra

parte, que en el Capítulo VII de dicho manual, en su punto VII.2.3, titulado: Proyectos

Ejecutivos en las Restantes Cuencas de la Ciudad, se tiene en cuenta que el PDOH

ha desarrollado anteproyectos de obra para el mejoramiento del drenaje en el resto de

la Ciudad y que a través de ese componente se desarrollarán estos anteproyectos

hasta el nivel de proyecto ejecutivo para la totalidad de las cuencas;

Que asimismo, en el Capítulo IX de dicho Manual Operativo titulado "Adquisiciones",

punto IX.6.2 titulado "Contratación de servicios de consultoría", se establece que entre

los servicios a contratarse en este Programa a través de firmas consultoras se

encuentran varios contratos para realizar los proyectos ejecutivos y documentación

licitatoria de las obras de drenaje de las otras cuencas de la Ciudad de Buenos Aires;

Que de acuerdo a la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires que en su oportunidad fuera aprobada por los Decretos

Nros. 2.075/GCBA/07 y 217/GCBA/09, las facultades previstas por la Ley N° 93 y su

reglamentación para el PPI, también aplicables al PGRH, incluyendo el Manual

Operativo del Programa aprobado por el Decreto N° 1.149/GCBA/06, pasaron a la

Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial (SDGRBM) en su carácter

de continuadora de la ex Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial;

Que el art. 6° del Decreto N° 217/GCBA/09 modificó el Capítulo IX, titulado

"Adquisiciones", del Manual Operativo arriba mencionado en su Apartado IX.6.3,

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