Decreto N° 217/09

FirmantesMacri-Grindetti-Chain-Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición25 de Marzo de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 217/ 09

CREA LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE LAS OBRAS DE TÚNELES ALIVIADORES DEL EMISARIO PRINCIPAL DEL ARROYO MALDONADO, CONTRATADAS POR LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 1-07 - LPI-N° 1-07 - ENTIENDE QUE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON EL BANCO MUNDIAL TUVO A SU CARGO LAS COMPETENCIAS ESTABLECIDAS POR LEY 1.660 Y EL MANUAL OPERATIVO DEL PROGRAMA DE GESTIÓN DE RIESGO HÍDRICO - ESTABLECE QUE EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA TIENE LA FACULTAD DE APROBAR, PREVIO ACUERDO CON EL BANCO MUNDIAL LOS CAMBIOS EN EL MANUAL OPERATIVO

Buenos Aires, 25/03/2009

VISTO: El Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires y su marco normativo: la Ley N° 93 y los Decretos Nros. 1.960/GCBA/99 y 35/GCBA/02; la Ley N° 1.660, los Decretos Nros. 2.186/GCBA/04, 951/GCBA/05, 403/GCBA/06, 1.149/GCBA/06, 599/GCBA/07, 1.275/GCBA/07, 121/GCBA/08, 542/GCBA/08, 325/GCBA/08 y 754/GCBA/08 y las Resoluciones N° 170-MHGC-MPyOPGC/06, 277-GCABA/MPyOPGC/06 y 443-MHGC-MPyOPGC/07; el Convenio de Préstamo N° 7.289-AR suscripto con el BIRF (Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento); la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/GCBA/07, la Disposición 4/DGOING/08 y el Expediente nro. 45.686/08, y;

CONSIDERANDO:

Que el marco normativo del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico requiere ser readecuado de acuerdo a los cuadros de competencias de decisión actualmente vigentes para las compras y contrataciones y a la nueva estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, tal como a continuación se refiere;

Que en virtud de la Ley N° 93 y sus decretos reglamentarios, Nros. 1.960/GCBA/99 y 35/GCBA/02, se implementó el Proyecto de Protección contra Inundaciones (PPI), financiado mediante el Convenio de Préstamo BIRF N° 4.117-AR, consistente en la contratación de los servicios de consultoría necesarios para la formulación del Plan Director de Ordenamiento Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires y del Proyecto Ejecutivo para la Cuenca del Arroyo Maldonado, invistiéndose a la Unidad Ejecutora de la Ciudad de Buenos Aires (UECBA) y a la Subunidad Provincial de Coordinación para la Emergencia de la Ciudad de Buenos Aires (SUPCE), respectivamente la Unidad y la Subunidad ejecutoras de ese programa, de las competencias necesarias a tales fines;

Que, como consecuencia del programa arriba mencionado, la Ley N° 1.660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir un Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) para financiar el Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, el cual consiste en la ejecución de las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo Maldonado y demás medidas complementarias resultantes del Proyecto de Protección Contra Inundaciones, obras que se describen en el Anexo I de la citada ley;

Que en su oportunidad, a fin de dar comienzo inmediato a la implementación del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico y con el objeto de asegurar el financiamiento retroactivo de las contrataciones que se realizaron con anterioridad a la firma del Convenio de Préstamo mencionado en el párrafo anterior, el Decreto N° 951/GCBA/05 estableció que las funciones delegadas en el artículo 2°, inciso a.1) del Decreto N° 35/GCABA/02, con respecto a la Ley N° 93 y al Decreto N° 1.960/GCABA/99, serían aplicables al programa aprobado por la Ley N° 1660, dotando de ese modo a la UECBA de las competencias mínimas necesarias para dar principio de ejecución al nuevo programa que se ponía en marcha;

Que el Decreto N° 403/GCBA/06 creó la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial (DGRBCOM), dependiente de la Subsecretaría de...

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