Resolución Nº 605/GCABA/MJYSGC/14
Firmantes | Montenegro |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
Fecha de la disposición | 6 de Agosto de 2014 |
VISTO:
Las Leyes N° 2.894 y 2.947, Decreto N° 380/09, el Expediente N° 7050332/13, y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Expediente citado en el Visto, se derivó a Junta Médica al Oficial
Mayor LP 682 Pablo Alfredo Romero;
Que, la Junta Médica conformada a tal fin concluyó que el Oficial Mayor Romero "no
reúne los requisitos para pertenecer a esta Institución con estado policial";
Que, tanto la Superintendencia Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial y la
Jefatura de la Policía Metropolitana, han considerado que el Oficial Mayor Romero no
se halla en condiciones de portar armamento ni realizar tareas operativas,
correspondiendo que cumplimente su servicio ordinario al tenor de lo prescripto en el
segundo párrafo del Artículo 3 de la Ley N° 2.947, suspendiéndosele los efectos de lo
normado en el Artículo 4, inc. c) del Decreto N° 380/09 (Suplemento por Riesgo
Profesional);
Que, por todo lo expuesto y estimándose pertinente la asignación de tareas de índole
administrativa a la Oficial en cuestión, a la luz de los informes obrantes en las
actuaciones citadas en el visto, de conformidad con las previsiones del Estatuto del
Personal de la Policía Metropolitana, corresponde el dictado del pertinente acto
administrativo que recepte dicha decisión.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
administrativa, conforme las previsiones del Artículo 3 de la Ley N° 2.947,
suspendiéndosele el estado policial y los efectos de lo normado en el Artículo 4, inc. c)
del Decreto N° 380/09 (Suplemento por riesgo Profesional).
Comuníquese a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la.
Superintendencia de Coordinación y Planificación...
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