Disposición Nº 558/GCABA/DGDYPC/14

FirmantesAoun
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Defensa y Protección Al Consumidor
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2014

VISTO:

Los Decretos 2075-GCBA/07, 706-GCBA/03, 579-GCBA/03, 801-GCBA/09, 802-

GCBA/09, las Leyes 3032, 2506, 941 y las atribuciones que de ellos se desprenden,

esta Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor;

CONSIDERANDO:

Que de la necesidad de mejorar el esquema organizacional de esta Dirección General

de Defensa y Protección al Consumidor y de las atribuciones que se le asignan a la

Coordinación del Registro Público de Administradores de Consorcio de Propiedad

Horizontal surge la necesidad de designar un asesor legal para la resolución eficiente

y eficaz de las cuestiones jurídicas que abarca dicha coordinación;

Que la aplicación de la Ley 757 como procedimiento administrativo de todo lo que

atañe al registro de administradores en cuanto a denuncias y registros implica la

necesidad insoslayable de intervención de abogado matriculado en Colegio Público de

Abogados de Capital Federal (conf. Art. 8° Decreto 17/03 reglamentario Ley 757);

Que conforme lo expuesto es dable delegar la responsabilidad jurídica de la actuación

del Registro a un letrado matriculado conforme lo especifica la norma citada;

Que a modo de acelerar y dar eficacia a la instrucción de toda presunta infracción a la

Ley 941 y normas complementarias se hace necesario encomendar la responsabilidad

del área jurídica;

Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por la Ley 941, la Ley 757,

Decreto 706- GCBA/03 y el Decreto 17-GCBA/03,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA

Y PROTECCION DEL CONSUMIDOR

DISPONE

Artículo 1° Encomiéndese a la Dra

Alejandra Rosa Thierbach DNI 27.934.897 como.

responsable del área jurídica de la Coordinación del Registro Público de

Administradores de Consorcio de Propiedad Horizontal correspondiendo la firma del

despacho de toda actuación que, conforme la normativa aplicable, sea necesaria

intervención legal;

Artículo 2° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, comuníquese, notifíquese y para su conocimiento y demás efectos pase

a la Dirección General, Legal, Técnica y Administrativa de la Secretaría de Gestión

Comunal y Atención Ciudadana. Cumplido, archívese. Aoun

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