Resolución Nº 608/GCABA/MJYSGC/13

FirmantesMontenegro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2013

VISTO:

Las Leyes Nros. 2.894 y 2.947, las Resoluciones N° 247/MJYSGC/13, N°

230/ISSP/13, el Expediente Electrónico N° 4103153/13, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 247/MJYSGC/13, se le otorgó a la Sra. Alejandra Cuellar

(DNI N° 34.571.852), la beca mensual prevista en el Artículo 40 de la Ley N° 2.894,

determinada por el Decreto N° 989/09, cuyo monto se ha actualizado mediante la

Resolución N° 207/MJYSGC/13, a partir del 15 de marzo de 2013;

Que, del IF-2013-04297156-SAISSP se desprende que en fecha 28/08/13 la Sra.

Alejandra Cuellar solicitó la baja voluntaria del Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que por Resolución N° 230/ISSP/13, se dispuso aceptar la baja voluntaria como

cadete del Instituto Superior de Seguridad Pública presentada por la Sra. Alejandra

Cuellar a partir del 28 de agosto de 2013;

Que el otorgamiento de la beca mencionada, es inherente a la calidad de estudiante

del Instituto Superior de Seguridad Pública, motivo por el cual, habiendo cesado en

ese carácter, corresponde dejar sin efecto lo dispuesto a su respecto en la Resolución

N° 247/MJYSGC/13;

Que, mediante Nota N° 04750398-SSAPM-13, la Dirección General de Administración

de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana, informó que la becaria Alejandra

Cuellar, ha percibido en exceso la suma de pesos ciento cuarenta y seis con sesenta y

siete centavos ($ 146,67), por lo que corresponde intimarla a su reintegro.

Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Ley N° 2.894,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1 Déjase sin efecto la beca mensual prevista en el Artículo 40 de la Ley N°

2.894, determinada por el Decreto N° 989/09, actualizada por Resolución N°

207/MJYSGC/13 y otorgada mediante Resolución N° 247/MJYSGC/13, respecto de la

Sra. Alejandra Cuellar (DNI N° 34.571.852), a partir del 28 de agosto del 2013.

Artículo 2 Dése intervención a Tesorería General a los fines que la Sra

Alejandra.

Cuellar (DNI N° 34.571.852) reintegre la suma de pesos ciento cuarenta y seis con

sesenta y siete centavos ($ 146,67).

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