Resolución Nº 172/GCABA/ISSP/13
Firmantes | Ricarte |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Instituto Superior de la Seguridad Pública |
Fecha de la disposición | 8 de Julio de 2013 |
VISTO:
Las Leyes N° 2.894, N° 2.895, el Decreto N° 316/10, las Resoluciones N° 12/ISSP/12,
N° 14/ISSP/13, N° 35/ISSP/13, la Nota N° 2776412/SAISSP/13 y el Expediente N°
1173557/13 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires, encomendando al
Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción
política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, creado por la Ley N° 2.894, tiene la
misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la citada
Fuerza de Seguridad;
Que el Artículo 40 de la Ley N° 2.894 dispone que el ingreso a la Policía Metropolitana
se produce previa aprobación de la capacitación para la seguridad pública y de los
exámenes que al efecto se establezcan en las normas reglamentarias en el Instituto
Superior de Seguridad Pública, y asimismo agrega que los/as estudiantes no tendrán
estado policial durante su formación inicial y serán becarios según el régimen que se
establezca al respecto;
Que el Instituto Superior de Seguridad se constituye como una instancia de apoyo de
la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de la
formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la
producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad;
Que la Ley N° 2.895 establece los principios básicos para la capacitación, formación e
investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y
capacitación del personal policial;
Que asimismo el Artículo 7 de la mencionada Ley N° 2.895 dispone que la formación y
capacitación en general tiende a la profesionalización y especialización del
desempeño policial de acuerdo a la función específica de cada uno de los cargos que
ejerciera el/la oficial a lo largo de la carrera policial. El plan de formación y
capacitación se desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales
necesarias para el desempeño eficiente del cargo;
Que en virtud de las tareas que desarrolla la Policía Metropolitana dentro del ejido de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se impone que el personal policial destinado a la
instrucción...
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