Resolución Nº 1795/GCABA/MCGC/13

FirmantesLombardi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2013

VISTO:

La Ley N° 2.264, la Resolución N° 648/MCGC/10 y el Expediente N° 1.412.907/10, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de

la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de

aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas

documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen;

Que la Resolución N° 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen

deben presentar un Informe de Actividades y un Informe Financiero referidos al

proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con

la presentación de dicha rendición;

Que por Expediente N° 1.412.907/10 tramitó el proyecto N° 586/RPC/10, titulado

"Chez Moi", siendo responsable del mismo la señora María Canale, DNI 32.760.229, el

cual fue aprobado mediante Resolución N° 4.297/MCGC/10 por resultar el mismo de

interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se estableció mediante la mencionada Resolución que el financiamiento del

proyecto aprobado alcanzaría el 100% del monto solicitado, resultando en una suma

de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($

52.848.-);

Que la entidad responsable del proyecto ha presentado en tiempo y forma los informes

requeridos a modo de rendición, constando que el monto total ejecutado es de PESOS

CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 54.236.-), los rubros

a los que se aplicaron los fondos se ajustan a los oportunamente presupuestados, los

comprobantes adjuntados como prueba cumplen en sus aspectos formales con los

requerimientos legales vigentes;

Que la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural informa que la

recaudación vía Régimen Mecenazgo asciende a la suma de PESOS CINCUENTA Y

DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 52.848.-) y que el monto restante

fue aportado por el beneficiario;

Que por analogía de procedimiento se aplican al presente los términos del Dictamen

N° 80236 emitido por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, recaído

en el Expediente N° 1.238.812/09, quien tomó la intervención que le compete en los

términos de la Ley N° 1.218.

Que corresponde dar por...

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