Resolución Nº 126/GCABA/ISSP/13

FirmantesDe Langue
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorInstituto Superior de la Seguridad Pública
Fecha de la disposición 8 de Mayo de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013, Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

RESOLUCIÓN N.° 126/ISSP/13

Buenos Aires, Miércoles 8 de Mayo de 2013

VISTO:

Las Leyes N° 2.894, N° 2.895, la Nota N° 1307661/SAISSP/13, el Expediente N°

1494132/13, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

encomendando al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y

Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema;

Que el Artículo 56 de la mencionada Ley de Seguridad Pública crea al Instituto

Superior de Seguridad Pública como un ente autárquico, dependiente orgánica y

funcionalmente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires cuya misión es formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al

personal de la Policía Metropolitana;

Que la Ley N° 2.895 establece los principios básicos para la capacitación, formación e

investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y

capacitación del personal policial;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de

la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la

producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad;

Que la formación y capacitación en general tiende a la profesionalización y

especialización del desempeño policial de acuerdo a la función específica de cada uno

de los cargos que ejerciera el/la oficial a lo largo de la carrera policial. El plan de

formación y capacitación se desarrolla teniendo en cuenta las competencias

funcionales necesarias para el desempeño eficiente del cargo.

Que como consecuencia de ello es elevado a consideración de esta instancia el

"Curso de Ciclista Policial";

Que el mencionado curso, tiene como eje la continua necesidad de capacitación y

actualización en las labores propias del servicio policial, intrínsecamente relacionado

con los aspectos inherentes a la

seguridad pública;

Que en virtud de las tareas que desarrolla la Policía Metropolitana dentro del ejido de

ésta Ciudad se impone que el...

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