Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 21 de Noviembre de 2019, expediente CFP 021366/2018/2/CA001

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 21366/2018/2/CA1 CCCF - Sala I CFP 21366/18/2/CA1 “A N X s/ procesamiento”

Juzgado Nº 12- Secretaría Nº 23 Buenos Aires, 21 de noviembre de 2019.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- El Defensor Público Oficial, Dr. J.M.H., interpuso recurso de apelación contra el decisorio por el cual se decretó el procesamiento sin prisión preventiva de A N X por encontrarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización (art. 5, inc. “C”, de la ley 23.737 y 45 del Código Penal de la Nación; y 306 del Código Procesal Penal de la Nación), trabando embargo sobre sus bienes y/o dinero hasta cubrir la suma de doscientos mil pesos ($200.000).

II- La presente causa tiene su origen el día 3 de diciembre del 2018, a raíz del procedimiento efectuado por personal de Gendarmería Nacional Argentina en el barrio de emergencia 1-11-

14. En aquella oportunidad, el oficial de prevención observó a una persona, que al percatarse del control policial, apresuró sus pasos con fin de evadirlo. En razón de ello, fue detenido y le hallaron en su poder 39 envoltorios de nylon que contenían en su interior 225 gramos de marihuana.

Posterior a ello se acumuló a la presente pesquisa las actuaciones obradas por el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal n°1, en el marco de la Cn° 22.964/18. En aquella investigación el encartado fue procesado por el delito de tenencia simple de estupefacientes, tras un procedimiento símil al de marras, al haberle encontrado bajo su órbita un total de 20 envoltorios de nylon Fecha de firma: 21/11/2019 Alta en sistema: 22/11/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., SECRETARIA DE CAMARA #34303395#250327509#20191121085233736 que pesaron 129,9 gramos de marihuana y dos envoltorios de cocaína con un peso de 0,56 gramos.

En consecuencia, se le imputó a A “haber tenido a su disposición, con fines de comercialización, material estupefaciente conformado a base de marihuana, en un total de 352 gramos distribuida en cincuenta y nueve envoltorios plásticos de color negro y cocaína en un total de 0,56 gramos en dos envoltorios plásticos de color negro.”

  1. La defensa cuestionó la calificación legal adoptada por el magistrado de grado en tanto destacó que, conforme a los elementos de cargo...

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