Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 15 de Julio de 2011, expediente 61.893

Fecha de Resolución15 de Julio de 2011

I

INCIDENTE DE APELACIÓN DEL AUTO DE FALTA DE MÉRITO,

INTERPUESTO POR LA DRA. M.L.R. AS DIEZ, FISCAL

TITULAR A CARGO DE LA FISCALIA N° 4 DEL FUERO EN LA

CAUSA NRO. 6538, CARATULADA: "MARTINEZ IBAÑEZ

GONZALO ALBERTO SI A

V. DE CONTRABANDO".

Causa N° 61.893, Folio 71, N° de orden 27.333. Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 14; SALA "A".

gs Illnos Aires, l'5" de julio de 2011.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la agente fiscal contra la resolución que declaró la falta de mérito respecto de G.A. .J

Martínez Ibáñez y M.A.C..

-

o El informe del Fiscal General en sustento del recurso.

-.

u El escrito de la defensora de M.I. en procura de que se o confirme 10 resuelto.

o en y CONSIDERANDO:

~

Que, sumado a que la determinación adoptada por el señor juez a qua no implica un sobreseimiento, las constancias de la causa dan fundamento por ahora a lo resuelto, sin perjuicio de que, conforme lo establecido por el artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación, se prosiga con la investigación.

Por lo que SE

RESUELVE:

CONFIRMAR la resolución apelada.

R., notifiquese, remítanse los autos principales al juzgado de origen y devuélvase.

Se deja constancia que firman únicamente los suscriptos por encontrarse el Bonzón en uso de licencia, y conforme lo autoriza el artículo 109 del Reglamento para la Justicia Nacional.

EDMUNDO S. HENDLER

JUEZ DE CAMARA N/CANOR M. P. REPETTO

JUEZ DE CAMAR.A.

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