Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 8 de Agosto de 2017, expediente FSA 031000144/2005/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Agosto de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “MÉNDEZ, JUSTO GERMÁN Y OTRO Y OTRO c/ ANSeS s/
EXPEDIENTES CIVILES” Expte. N°
31000144/2005 (Juzgado Federal N° 1 de Jujuy)
ta, 8 de agosto de 2017.
AUTOS Y VISTO:
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Que llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs. 635 en contra de la sentencia dictada en la anterior instancia a fs. 613/634.
A través del memorial presentado a fs. 682/690, la recurrente cuestiona las pautas establecidas por el Juez de grado para la redeterminación del haber inicial y el posterior reajuste por movilidad de los beneficios jubilatorios de los Sres. Justo G.M., M.M., J.J.M., S.M., E.M., F.A.O., M.O., R.O., J.R.P., C. y H.P., obtenidos al amparo del régimen previsto por la ley 24.241.
Resulta oportuno señalar que con anterioridad, a fs. 644, la demandada consintió lo decidido por el resto de los accionantes, S.. Braulio y E.M., R.M., N., R. y V.M., A.N., D.N. y Salvador Fecha de firma: 08/08/2017 Firmado por: E.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA #4201600#185076274#20170808124745947 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta Ontiveros, quienes obtuvieron sus beneficios de conformidad con lo dispuesto por la ley 18.037.
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Que, siendo ello así, se advierte que la cuestión planteada en autos resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente:
Campos, R. c/ ANSeS s/ Expedientes civiles
Expte. FSA 31000305/2009 sentencia del 4 de noviembre de 2014, entre otros, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.-
En efecto, a través de las constancias de la causa se observa que los actores Justo G.M., M.M., J.J.M., S.M., E.M., F.A.O., M.O., R.O., J.R.P., C. y H.P. obtuvieron sus beneficios jubilatorios, bajo el régimen previsto por la ley 24.241; y que oportunamente requirieron en sede administrativa el reajuste de sus haberes, solicitudes que fueron desestimadas por la ANSeS a través de las resoluciones RNT-
B 02906/04 (fs. 2/4), 02053/04 (fs. 7/9), 02126/04 (fs. 12/14), 03082/04 (fs. 27/29), 02032/04 (fs. 37/39), 02566/04 (fs 67/69), 01963/04 (fs. 77/79), 03141/04 (fs. 82/83), 01966/04 (fs. 86/88), 02374/04 (fs. 93/95) y 02473/04 (fs...
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