Mattos Ismael S/ Infraccion Ley 23.737

Fecha de la disposición21 de Marzo de 2011

Lunes 21 de marzo de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.114 49 encontrarla autora penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, figura prevista y penada por el artÃculo 5'° inciso “c” de la ley 23.737, con costas.

Segundo: Fijando como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el dÃa 03 de Noviembre del año dos mil trece, y diez dÃas para el pago de multa y costas del Juicio.

Tercero: Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

Cuarto: Levantar la inhibición general de bienes ordenada a fs. 68/69 de autos, librándose las comunicaciones del caso.

Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Liliana Carabajal Quispe, para su correspondiente notificación en ese lugar.

Sexto: Mandando que por SecretarÃa se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.— René Vicente Casas.– Jorge Luis Villada.– Marta Liliana Snopek.

Ante mÃ: EfraÃn Ase, Secretario.

e. 14/03/2011 N'° 26293/11 v. 29/03/2011 % 49 % El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: “Prudencio Montesinos, Angel Fredy s/Infracción Ley 23.737”, resuelve:

Primero: Condenar a Angel Fredy Prudencio Montesinos de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de Pesos: doscientos veinticinco ($ 225), la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artÃculo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes –cocaÃna–, figura prevista y penada por el artÃculo 5'° inciso “C” de la ley 23.737, con costas.

Segundo: Remitir a Angel Fredy Prudencio Montesinos al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que deberá evaluar la solicitud de traslado efectuada por el nombrado y disponer el alojamiento en una unidad de la institución que favorezca a las visitas familiares y coadyuve a la resocialización, cumpliendo asà con el fin de la pena.

Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el dÃa 08 de Junio del año dos mil trece, y diez dÃas para el pago de la multa y costas del Juicio.

Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Angel Fredy Prudencio Montesinos, para su correspondiente notificación en ese lugar.

Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Angel Fredy Prudencio Montesinos dispuesta a fs. 83/86 de autos.

Séptimo: Mandar que por SecretarÃa se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.- Marta Liliana Snopek.– René Vicente Casas.– Jorge Luis Villada.– Ante mÃ: EfraÃn Ase, secretario.

e. 14/03/2011 N'° 26290/11 v. 29/03/2011 % 49 % JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL NRO. 11

SECRETARIA NRO. 21

Este Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N'° 11 de la Capital Federal, a cargo del Dr. Claudio Bonadio, SecretarÃa n'° 21, a cargo de la Dra. Carolina Lores Arnaiz, cita y emplaza a Ayelen Patricia Villegas o Patricia Ayelen Villegas (argentina, titular del D.N.I. N'° 38.216.062, hija Héctor Flores y Silvia Villegas, soltera, nacida el dÃa 9 de julio del año 1991 en La Plata, Pcia. de Buenos Aires, Olivos n'° 2450,

Florencio Varela, Pcia. de Buenos Aires), a fin de que comparezca dentro del tercer dÃa de la última publicación del presente, en relación a la causa n'° 4.934/10 caratulada “Villega Ayelen Patricia s/Falsificación de moneda” a tenor de lo dispuesto por el artÃculo 294 del Código Procesal Penal de la Nación, que tramita por ante estos estrados con sede en la Avda. Comodoro Py n'° 2002, Piso 4'° de ésta ciudad, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de proceder como por derecho corresponda. Como recaudo a continuación se transcribe el auto que ordena el presente: “///nos Aires, 24 de febrero de 2011: No pudiendo dar con el paradero de Ayelen Patricia Villegas o Patricia Ayelen Villegas (argentina, titular del D.N.I. N'° 38.216.062, hija Héctor Flores y Silvia Villegas, soltera, nacida el dÃa 9 de julio del año 1991 en La Plata, Pcia. de Buenos Aires, Olivos n'° 2450, Florencio Varela,

Pcia. de Buenos Aires), solicÃtese al Director del BoletÃn Oficial sirva publicar edictos por el término de cinco dÃas con el objeto de notificar a la encausada que deberá presentarse ante estos estrados dentro del tercer dÃa de anoticiada a contar desde la última publicación, a tenor de lo dispuesto por el artÃculo 294 del Código Procesal de la Nación. (Cf. artÃculos 150 y 288 del C.P.P.N.). En dicha ocasión y en caso de no contar con abogado de la matrÃcula de su confianza, será asistida por el Defensor Oficial que por turno corresponda. Hágase saber que sino comparece dentro del plazo establecido, se procederá como por derecho corresponda” (Fdo. Claudio Bonadio, Juez Federal, ante mÃ: Carolina Lores Arnaiz, Secretario Federal).

Dado sellado y firmado en la ciudad de Buenos Aires, a los veinticuatro dÃas del mes de febrero del año dos mil once.

Claudio BonadÃo, juez federal.

Carolina Lores Arnaiz, secretaria federal.

e. 16/03/2011 N'° 27576/11 v. 22/03/2011 % 49 % El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N'º11 a cargo del Dr. Claudio Bonadio, SecretarÃa N'º22 a cargo de la Dra. Laura Charnis, cita y emplaza a llamar Daniel Eduardo Ranciari, titular del D.N.I. N'º11.782.421, con último domicilio conocido en El Cabure, provincia de Santiago del Estero, de las demás condiciones obrantes en autos, a estar a derecho en la causa nro. 11.002/09, dentro del termino de tres (3) dÃas de publicado el presente, bajo apercibimiento en de incomparecencia de ser declarado rebelde y ordenar su inmediata captura al Jefe de la PolicÃa Federal Argentina.

Buenos Aires, 1'º de marzo de 2011.

Laura Charnis, secretaria federal.

e. 17/03/2011 N'º28272/11 v. 21/03/2011 % 49 % El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N'º 11 a cargo del Dr. Claudio BonadÃo, por ante la SecretarÃa N'º 22 a interinamente a cargo de la Dra. MarÃa Lidia Muntaner sito en Av. Comodoro Py 2002 piso 4to, cita y emplaza al Sr. Ariel Osmar FarÃas D.N.I. N'° 36.294.980., de 19 años de edad; con último domicilio registrado por éste Tribunal en la calle Salguero 1886, San Miguel, Pcia. de Buenos Aires, a efectos de presentarse a estar a derecho en los autos 14.128/10 caratulados “Lemos Alejandro y otro s/Inf Ley 23.737” en el término de tres dÃas de publicado el presente, bajo apercibimiento en caso contrario de declararlo rebelde y ordenar su detención.

Buenos Aires, 24 de febrero de 2011.

MarÃa L. Muntaner, secretaria federal.

e. 17/03/2011 N'º28278/11 v. 21/03/2011 % 49 % JUZGADOS NACIONALES EN LO PENAL ECONOMICO N'° 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N'º 2, a cargo del Dr. Daniel Antonio Petrone, hacer saber a Leonardo Schlosman (D.N.I.

N'º 4.981.652), en la Causa N'º 1167/2010, caratulada “Isiquim S.A.; Droquimar S.R.L.; M.C.

Zamudio S.A...

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