Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 26 de Diciembre de 2017, expediente CAF 083790/2015/CA001

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA V 83790/2015 MARTINEZ ASTOLFO, A.D. c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días el mes de diciembre de dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “M.A., A.D. c/ EN – Mº Seguridad – PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”

el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, J.F.A. dijo:

  1. Que a fs. 66/74vta. la jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda interpuesta y –en lo que aquí interesa– condenó al Estado Nacional a incorporar en el concepto “haber mensual”, con carácter remunerativo y bonificable, el adicional establecido por el Decreto 2744/93 y sus modificatorios. Para ello, se remitió a lo resuelto por esta Cámara en pleno, con fecha 19 de marzo de 2009, en la causa “Carrozzino, Salvador c/ E.N. M J S Y DDHH- Dto 2744/93 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”. Además, reconoció el carácter remunerativo y bonificable del aumento otorgado mediante el Decreto nro. 2140/13. Impuso las costas en el orden causado.

  2. Que contra dicho pronunciamiento el Estado Nacional apeló a fs. 76 y fundó sus agravios a fs. 80/83, que fueron contestados por la actora a fs. 85/86vta.

    Se agravia de que en la sentencia recurrida se hizo lugar a la pretensión del actor en lo referente a los Decretos 2744/93 y sus ampliatorios. Por otro lado, sostiene que el Decreto 2140/13, no creó suplementos que sean percibidos por la totalidad del personal en actividad de la fuerza, por lo que solicita que se confirme el carácter particular de conformidad con la propia norma de creación.

  3. Que, con relación a los suplementos particulares creados por el decreto 2744 del 29 de diciembre de 1993, mediante los fallos plenarios de fecha 19 de marzo del 2009 dictados en las causas "Carrozzino Salvador c/ EN – Mº J S y DDHH Dto. 2744/93 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y Seg.” y “L.E.J. c/ EN – Mº interior PFA- Dto 2744/93 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y Seg”, esta Cámara fijó como doctrina legal que: "Corresponde atribuir carácter remunerativo y bonificable a los suplementos establecidos por el 2744/93"; de Fecha de firma: 26/12/2017 Alta en sistema: 27/12/2017 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #27923077#196743078#20171226101532868 aplicación obligatoria de acuerdo con lo dispuesto en el art. 303 del C.P.C.C.N.

    Asimismo, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “O., J.H. y otros c/ EN – Mº Justicia Seguridad y DDHH – PFA- dto 2133/91 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg”, sentencia del 05 de octubre de 2010; el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos previstos en el Decreto 2744/93, también debe ser reconocido con relación a los decretos de necesidad y urgencia 1255/05, 1126/06 y 871/07 y al decreto 884/08, modificatorios de aquel.

    Por los fundamentos expuestos en dichos precedentes, a los que cabe remitirse por razón de brevedad, corresponde incluir en el haber mensual de la parte actora, con carácter...

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