Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 1 de Noviembre de 2018, expediente CAF 071962/2016/CA001

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 71962/2016 - MANFREDINI, J.M. Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, de noviembre de 2018.- NS VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 41/44, la Sra. Magistrada de primera instancia hizo lugar a la demanda iniciada por la actora -personal de la Policía Federal Argentina-

    condenando al Estado Nacional a incorporar las asignaciones correspondientes a los decretos 2744/93 (y sus modificatorios 1255/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09) y 1322/06 al concepto sueldo, debiendo liquidarse los restantes rubros en la debida proporción; debiéndosele abonar el retroactivo devengado por lo percibido en menos mensualmente por los actores, a partir del 14/11/2014 y hasta su efectivo pago.

    Dicho crédito se regirá por las condiciones previstas por el art. 22 de la ley 23.982 y se le aplicará la tasa pasiva promedio mensual que publica el B.C.R.A.

    Asimismo en caso que alguno de los actores haya sido transferido a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, la liquidación deberá practicarse hasta la fecha de su efectivo traspaso a la nueva fuerza.

    Finalmente, impuso las costas por su orden.

  2. Que contra tal resolución apeló la demandada a fs. 45/45vta., fundó su recurso a fs. 49/51, no habiendo su contraria contestado el traslado de fs. 52, primer párrafo.

    Se agravió de que se ordenara la incorporación con carácter “remunerativo y bonificable” a los haberes de los actores del incremento creado por los decretos 2744/93 (y sus modificatorios) y 1322/06.

  3. Que en punto al planteo formulado respecto del decreto 2744/93, se ha resuelto que corresponde atribuir carácter remunerativo y bonificable a los suplementos establecidos por el decreto 2744/93 (confr. esta Cámara in rebus, “C., S. c/EN-Mº JS y DDHH-DTO 2744/93 s/Personal militar y civil de las FFAA y de SEG” -Expt. 41698/03- y “L., Eladio José

    c/EN-Mº Interior-PFA-DTO 2744/93 s/Personal militar y civil de las FFAA y de SEG” -Expt. 2858/03-, ambas del 19/03/09).

    En cuanto a los aumentos otorgados por los decretos modificatorios, cabe destacar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado “...aun cuando los decretos de necesidad y urgencia 1255/05, 1126/06 y 861/07 -convalidados por ambas Cámaras del Congreso Nacional- y el decreto 884/08 hayan expresado que los suplementos creados por el decreto Fecha de firma: 01/11/2018 Alta en sistema: 06/11/2018 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #29113775#219577147#20181102110045352 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 71962/2016 - MANFREDINI, J.M. Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG 2744/93 son particulares, no remunerativos y no bonificables, su carácter general -en tanto se aplican según su jerarquía a la generalidad del personal policial- desnaturaliza tal calificación a la luz del art. 75 la ley 21.965.”.

    Agregó que tales decretos “...han mantenido la ilegitimidad que exhibe el decreto 2744/93 en tanto la aplicación de éste ha desconocido la estructura o arquitectura salarial prevista en el art. 75 de la ley 21.965” (Fallos: 333:1909 “Oriolo”). En consecuencia, corresponde rechazar el planteo de la demandada en este aspecto.

  4. Que en relación a los agravios relativos al decreto 1322/06, debe expresarse que mediante el decreto 682/04 se otorgó a partir del 01/06/04 “…al personal de las jurisdicciones y organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo Nacional comprendidos en el inciso a) del art. 8 de la ley 24156 de Administración Financiera y de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR