Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 30 de Marzo de 2017, expediente CNT 001378/2016

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2017
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación ACLARATORIA DE LA SENTENCIA N° 102.047 CAUSA N°1378/2016 SALA IV “MALDONADO, ANIBAL LEANDRO C/ ALGODONERA ACONCAGUA S.A. Y OTRO S/ DESPIDO”

JUZGADO N° 17.

Buenos Aires,30 de marzo de 2017.

Y VISTO:

El recurso de aclaratoria interpuesto por la parte actora a fs. 151 Y CONSIDERANDO:

Que le asiste razón a la presentante en que se ha incurrido en un error material, susceptible de aclaratoria en los términos del artículo 104 L.O, en cuanto al cálculo de la sanción prevista en el artículo 8º

de la Ley Nacional de Empleo (24.013). Ello así por cuanto, tal como acertadamente señala el actor, el segundo párrafo de dicho artículo establece que “en ningún caso esta indemnización podrá ser inferior a tres veces el importe mensual del salario que resulte de la aplicación del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976)”. En consecuencia, atento a que la base remuneratoria determinada en el considerando VII del decisorio de este Tribunal asciende a la suma de $12.632,13, la sanción prevista en el artículo 8º de la ley Nº 24.013 arriba a $37.896,39. En consecuencia, el monto final de condena asciende a la suma de $178.401,04, con más sus intereses.

Que, por todo lo expuesto, corresponde rectificar la parte resolutiva del fallo de fs. 147/150, en el sentido de que el punto 1)

deberá leerse “Modificar el fallo de grado elevando el monto final de condena a la suma de $178.401,04 con más sus intereses”...

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