Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 11 de Agosto de 2016, expediente CSS 044381/2011/CA001

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2016
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NRO: 44381/2011 AUTOS: “L.C.A. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Buenos Aires, EL DR. J.C.P.L. DIJO:

  1. Contra la sentencia mediante la cual el titular del del Juzgado Federal n° 2 del fuero hizo lugar a la demanda interpuesta por el actor con el alcance que allí indicó, apelaron ambas partes.

  2. La demandada se agravia de la supuesta manda de aplicar al caso de autos la doctrina sentada por la C.S.J.N. en el fallo “S.”; cuestiona la declaración de inconstitucionalidad del art. 7º ap 2º de la ley 24.463 y la directiva de aplicar el fallo “B.” para el reajuste; por último, discrepa con la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 24 y 26 de la ley 24.241.

    Por su lado, la parte actora reitera su pedido en sentido que se evalúen correctamente los tareas desempeñadas de carácter insalubre prestadas en la etapa activa a fin que el càlculo de la prestación refleje dicha circunstancia, y además se ordene la implementación de una tasa de sustitución de modo que el haber de pasividad represente el 70 % del salario de actividad.

    1. En lo que hace al primero de los agravios de la demandada, hago notar que la Sr. Juez a quo en modo alguno se pronunció del modo que le atribuye la recurrente, por lo cual se concluye que el agravio resuelta abstracto.

    2. A continuación, y toda vez que el actor adquirió el derecho a su beneficio el 29/06/2009, no procede en la especie la implementación de las pautas del precedente “B.”, dado que sus lineamientos se dirigen a otorgar solución al reajuste para el período comprendido entre el 30/03/95 y el 31/12/06.

    3. Atento lo resuelto por la C.S.J.N. in re G.2275.XL, “G.F. c/ANSeS s/reajustes varios”, sentencia del 07/03/06, propicio dejar sin efecto la declaración de inconstitucionalidad condicional del art. 26 de la ley 24.241 y diferir el tratamiento del planteo contra su aplicabilidad para la etapa de ejecución, puesto que esa es la ocasión propicia para verificar si sus previsiones son aplicables al caso de autos y el eventual perjuicio que le ocasionaría a la accionante.

    4. Conforme surge de la planilla “Detalle del Beneficio” de fs. 8 (también a fs. 52), por el período anterior al 07/94 el actor acreditó aportes por 18 años, 9 meses y 20 días como dependiente; y 7 años, 8 meses y 15 días como autónomo.

      En virtud de ello, procede revocar la...

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